Los juzgados de Pontevedra dictan decenas de fallos basados en wasaps
La mayor parte de los sentencias se refieren a casos de violencia machista
«Guarra». «Zorra ». «Tú sí que eres una pu… de mierda».
Durante su relación sentimental, Enma, nombre ficticio de esta
pontevedresa, sufrió estos insultos y otros por parte del que era su
compañero. Fueron todos en mensajes de texto que le fueron remitidos a
través del WhatsApp. Ahora constituyen una de las pruebas admitidas
durante el procedimiento abierto en los juzgados de A Parda contra su
expareja.
Decenas de sentencias condenatorias en Pontevedra recogen
como principal prueba de cargo este tipo de mensajes. «Se emplean como
indicio, principalmente, en casos de violencia machista», señala un
abogado capitalino.
En muchos casos, no solo demuestran la existencia de
amenazas, injurias o coacciones, sino que también ponen de manifiesto el
incumplimiento de medidas cautelares como las que prohíben a los
maltratadores mantener contacto de cualquier tipo con las víctimas. «Xfavor no le digas nada a la guardia civil y solo contéstame xq??? Marisa xq??? Xfavor no le digas nada y contéstame a mi»
fue el primero de los diecinueve mensajes que una joven -su identidad
se mantiene, también, en el anonimato- recibió en su móvil en apenas
cuarenta y cuatro minutos, entre las 5.15 y las 5.59 horas del 13 de
octubre del 2013. A esto se sumaron nueve llamadas en once minutos,
entre las 5.44 y las 5.55 horas.
Las llamadas y mensajes procedían de su exnovio, quien
finalmente fue condenado a un año por quebrantamiento de condena. De
nada le sirvió disculparse, también por WhatsApp, al día siguiente: «Hola
perdona x llamarte ayer y x wasapearte, pero xfavor no me denuncies
otra vez que tampoco te insulté o amenacé, solo necesitaba preguntarse
lo del xq de todo y nada más. Te prometo que no lo volveré a hacer más, x
eso xfavor no me denuncies, t lo pido de corazón, ya sé que no respeté
la orden pero no hice nada malo. Perdóname y no lo volveré a hacer.
Gracias».
Si bien las distintas fuentes consultadas coinciden en que
es en el ámbito de la violencia machista donde más prolifera el empleo
de este tipo de indicios, lo cierto es que es cada vez más común su uso
en otro tipo de procedimientos penales. Sin ir más lejos, esta misma
semana, el donjuán de Marín, Rodrigo Nogueira Iglesias, y una de sus
exparejas se sentaron en el banquillo de los acusados por una supuesta
estafa a un establecimiento hotelero de Meaño. Entre las pruebas que
esgrimieron las acusaciones, un cruce de mensajes entre, presuntamente,
el primero de los acusados y uno de los empresarios víctimas del delito.
Terceras personas
Emplear el término «presuntamente» no es baladí. Y es que
una de las cuestiones que suelen argumentar las defensas frente a este
tipo de indicios es que, si bien los mensajes pudieron partir del móvil
de su cliente, entienden que no se puede demostrar que hubieran sido
escritos por este. Tratan de sembrar la duda aludiendo a que el terminal
pudo ser utilizado por terceras personas para redactarlos.
No ocurrió así en el caso de Juan Antonio Lusquiños Bustelo,
último condenado en la Audiencia de Pontevedra por un asesinato
vinculado con la violencia machista. En la sentencia, en la que le
impusieron veinte años de prisión, se afirma que «non
aceptou de bo grado a ruptura da relación coa vítima e os feitos
cometidos tiveron que ver directamente co marco ou círculo das amentadas
relación sentimentais pasadas». Para llegar a tal conclusión se alude a que «son
significativas, ao respecto, as chamadas telefónicas que o acusado lle
fixo á vítima dende un dos seus teléfonos móbiles, o contido dos textos
por SMS, e as mensaxes de WhatsApp».
De cualquier modo, no siempre son hombres los condenados.
Esta misma semana trascendió el caso de una joven pontevedresa a la que
impusieron 375 euros de multa por las injurias que profirió hacia su
exnovio en julio de pasado año. Curiosamente, y a diferencia de otros
sucesos de similares características, no se trató de mensajes directos
remitidos a la víctima, sino que según rcoge la sentencia, «ha utilizado
su estado de WhatsApp para escribir mensajes -acompañados por
emoticonos alusivos- referidos a su expareja, a sabiendas de que podrían
leerlos sus contactos». Su intención no era otra que«atentar contra su
dignidad y su propia estimación».
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