miércoles, 29 de marzo de 2017

La Voz de Galicia

Os menores e as separacións conflitivas

  


Na meirande parte dos casos de familias disfuncionais a separación conxugal supón unha melloría no ambiente relacional dos fillos e fillas ao deixar de presenciar situacións de conflito nas que as súas principais figuras de apego se amosan odio, desprezo ou directamente se insultan e pelexan. Porén, hai casos, xeralmente os máis públicos e comentados, en que a separación agudiza o conflito, en parte pola posibilidade de dar renda solta a frustracións e rancores pasados sen a necesidade de convivir con quen os provocou. Esas separacións conflitivas inclúen en moitos casos unha batalla pola custodia dos fillos comúns (a palabra define moi ben algúns casos en que se despregan estratexias e tácticas como se dunha guerra se tratase) convertendo a mesma en obxectivo principal, ao que en ocasións van aparellados problemas emocionais, ou noutras, económicos ou de propiedades.
En xeral os menores teñen unha alta capacidade de superación do dano, desenvolven defensas e finalmente adáptanse, preservando a súa estabilidade. Pola contra, se estas situacións son de particular intensidade ou persisten no tempo poden xerar un dano que dependerá na súa expresión e alcance da experiencia vivida, pero tamén da personalidade en formación, que se verá á súa vez afectada polas vivencias negativas do neno. Nos casos máis dramáticos, aqueles que conlevaron unha perda de relación cun proxenitor e supuxeron por tanto un dano, a veces severo, do vínculo con el, pódense presentar nos rapaces reaccións de tipo anímico que en ocasións chegan a afectar á súa estabilidade psicolóxica de forma persistente. Durante o conflito e como consecuencia deste poden presentarse nos fillos conflitos de lealdades respecto aos proxenitores, que resolven anulando a figura que consideran responsábel e apoiando aquela que consideran máis necesitada e apoiándose nela. Nalgúns casos pode aparecer incluso un efecto de parentificación cando os menores asumen o rol de nai ou pai protector respecto do proxenitor que consideran máis necesitado.

La Voz de Galicia

Las asociaciones de padres separados reclaman más apoyo a la mediación

La multa a una mujer por no dejar a su exmarido ver a sus hijos en 12 años reabre el debate

«O que está en cuestión nestes casos é a atención duns menores que están medrando». La frase la pronunciaba ayer Abel Lamas, vicepresidente de la Asociación Galega de Pais e Nais Separados. Con ella se refería a los casos de parejas separadas con hijos en los que uno de los padres incumple el régimen de visitas o el abono de la pensión alimenticia, casos como el que refleja una sentencia de un juzgado de A Coruña que condena a una mujer que durante 12 años impidió a su exmarido ver a sus hijos a pagar una multa de mil euros.
El diagnóstico que sobre este tema realizan los colectivos incide en varios aspectos. Por una parte, destacan que las instituciones públicas tienen pocos medios para intervenir en los casos de incumplimiento. Los juzgados, añade Lamas, «son remisos a facer modificacións das medidas» de guarda, custodia y alimentos. Y las dificultades, dicen, limitan el recurso a la vía judicial: «Unicamente se recorre á vía xudicial cando os incumprimentos son moi reiterados. Hai moitos casos nos que as partes levan a situación como poden, sen recorrer, pola lentitude da Xustiza e tamén porque que multen ou non ao pai dos teus fillos non é agradable».
La receta que, a juicio de las asociaciones, debería aplicarse para conseguir que la situación mejore es la del incremento de medios. Y en este sentido entienden que debe reforzarse, sobre todo, una herramienta que consideran esencial: la mediación. «Desde as asociacións sempre reclamamos que sexan os servizos de mediación os que tomen decisións deste tipo». Hay servicios públicos, como los gabinetes de orientación familiar, pero no tienen capacidad para intervenir, argumentan. «O Imelga (Instituto de Medicina Legal de Galicia) ás veces realiza intervencións, pero fai sobre todo avaliación». Por eso los padres separados piden que se apoyen los instrumentos de mediación, tanto la extrajudicial previa como la intrajudicial.
Junto a ese refuerzo de las vías de mediación, en el ámbito judicial proponen dos medidas que, a su entender, contribuirían a aliviar la situación: «Hai que tender a que haxa xulgados de familia en todas as xurisdicións e a unha maior especialización dos fiscais», dice Abel Lamas. Algunas de estas medidas se han incluido en la iniciativa legislativa popular sobre la custodia compartida que está promoviendo la Asociación de Pais e Nais Separados a través de una recogida de firmas.
El caso que ha devuelto este tema a la actualidad se cerró finalmente con un acuerdo entre la acusación y la defensa por el que la procesada reconoce ser autora de un delito de abandono de familia y acepta por ello una multa de mil euros, además de asumir las costas judiciales. Su exmarido recurrió hasta tres veces a los juzgados para conseguir las visitas semanales que estipulaba la sentencia de divorcio, que se produjo cuando los dos hijos de la pareja tenían solo unos meses. La mujer devolvía todos los meses la pensión alimenticia que les correspondía a los niños y llegó a cambiar varias veces de domicilio para no cumplir con las visitas de sus hijos a las que tenía derecho su exmarido en un punto de encuentro.

 

viernes, 17 de marzo de 2017

La Voz de Galicia

«Nunca me rechazaron un mensaje de wasap en un procedimiento»

El abogado Gautier de la Serna Lema asegura que el uso de mensajes de texto como pruebas es una práctica habitual

Gautier de la Serna Lema es abogado desde el 2008. Es socio del bufete carballés De la Serna & Calviño. Aunque lleva todo tipo de litigios, en los últimos años se ha especializado en los relacionados con el urbanismo, las sucesiones y lo penal.
El letrado aseguró que el uso de mensajes de texto como parte de una prueba pericial es una práctica habitual desde que salieron al mercado. «Con respecto a la aplicación WhatsApp, en nuestro despacho la utilizamos como prueba o indicio desde el mismo momento que salió. No es algo de ahora. Es muy habitual utilizar este tipo de mensajería». Y añadió: «Nunca me han rechazado un mensaje de wasap en un juicio y le puedo decir que he llevado ya unos cuantos». Recordó que antes de que apareciera esta herramienta, los abogados, los fiscales y los jueces trabajaban con los SMS o los correos electrónicos como base para culpar o exonerar a alguien de un delito.
Para Gautier de la Serna, aunque se trate de algo relacionado con las redes sociales, los wasaps tienen toda la validez jurídica: «Hay una persona que lo escribe y lo manda y otra que lo recibe. Hay una fecha y hora de envío y otra fecha y hora de recepción en el móvil».
Para que un mensaje de estas características tenga el aval legal, Gautier de la Serna explicó: «Lo primero es confirmar que el que envió ese mensaje de WhatsApp, el que sea, se corresponde con la persona que ha sido denunciada o demandada y que este mensaje no ha sido manipulado en ningún momento. Eso es fácil de saber a través de una prueba pericial. Una vez corroborados todos estos datos, el juez o el magistrado lo incluye como prueba en un juicio». Gautier de la Serna recordó que existe la posibilidad de crear un correo electrónico con todas las conversaciones incluidas en uno o varios wasaps, por lo que, a su juicio, esta modalidad de mensajería «tiene toda la validez jurídica».
Jurisprudencia
El letrado dijo que ya hay jurisprudencia en el uso de mensajes: «En la base de datos figuran, a bote pronto, 121 sentencias del Tribunal Supremo, 11 de la Audiencia Nacional, 245 de tribunales superiores de justicia, 2.305 de diferentes procedimientos, 40 de juzgados y tres de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, entre otros».
Con estas cifras, De la serna cree que este tipo de mensajes de redes sociales están más que arraigados y, por tanto, recomienda a aquellas personas que quieran justificar y avalar ante un tribunal su denuncia, demanda o querella que guarden todos los archivos, porque los jueces les dan validez, «seguro».
El letrado dijo que esta modalidad de mensajería es muy empleada en todo tipo de causas, excepto en los contencioso-administrativos: «Un mensaje de wasap puede valer en un litigio por un presunto impago de alquiler o una denuncia por malos tratos. Pero, evidentemente, no son de uso normal cuando pleiteas con la Administración, porque ahí no se emplean wasaps, más bien correos electrónicos».

 

La Voz de Galicia

La falta de especialistas y medios lastra la investigación judicial

Los juzgados de Pontevedra carecen de wifi. Jueces y fiscales piden informáticos dedicados a la investigación en los juzgados

La informática y la telefonía móvil surgen como escenario de delito, elemento de prueba o herramienta clave en infinidad de casos que llegan a diario a los juzgados gallegos. Pero esa realidad no es acompañada al mismo ritmo por la Administración de Justicia para facilitar el trabajo de sus integrantes y la investigación judicial.
«É un campo que debería ter en conta a Xunta e dotar os xulgados dun corpo de informáticos que non só fagan as veces de soporte técnico dos funcionarios e xuíces no seu traballo cotiá, porque cada vez é máis complexo o traballo xudicial que se xera arredor de casos nos que a informática e as comunicacións teñen un papel protagonista», considera el juez pontevedrés Xermán Varela.
Desde su puesto de representante del colectivo de Jueces para la Democracia en Galicia, Varela estima que es urgente que los magistrados cuenten con expertos en la plantilla de los juzgados para evitar demoras interminables en la resolución de peritajes técnicos que impiden resolver en ciertos casos con agilidad las distintas fases de la instrucción.
Varela apunta el caso de los Mossos d'Esquadra para ilustrar que los agentes de la policía autonómica catalana cuentan con una aplicación específica que les permite descargar los archivos de los teléfonos móviles y ordenarlos de manera automática para su entrega al juez en función del tipo de contenido y fechas de creación, herramienta que señala no hay en Galicia y facilitaría la gestión de pruebas.
«A Xunta debería desenvolver unha aplicación con licenza propia que, ademais de que se lle poda dar rendibilidade económica, podería crear ao mesmo tempo un nicho de traballo importante», añade, para concluir que sin embargo no ve en estos momentos esa apuesta por la modernización de la Justicia. Y lo explica con un ejemplo. «O edificio dos xulgados de Pontevedra non teñen wifi, e cando vén xente a entregar arquivos que pesen moito temos que ir a unha cafetería de enfronte e utilizar a súa rede se o interesado non ten marxe de datos suficiente na súa conta», asegura.
A juicio de Xermán Varela, la Xunta, Administración competente en la dotación de edificios judiciales en la comunidad y también en la organización de su personal, debería tener un plan general de acción informática, donde además de la gestión de la infraestructura interna se desarrollasen sistemas y equipos específicos para ser usados en la investigación judicial.
«La policía no da abasto, porque en casi todos los casos ya hay cuestiones informáticas entrelazadas», mantiene por su parte el fiscal especial de delitos informáticos de A Coruña, Luis Vázquez, que estima que aunque en la mayor parte de los casos los wasaps que llegan a los juzgados son enviados entre particulares sin especialización informática, detrás de los asuntos más complicados suele haber expertos que requieren de la intervención de técnicos específicos.

 

La Voz de Galicia


El WhatsApp empieza a dictar sentencias

Decenas de juicios se resuelven al año en Galicia según los mensajes aportados como prueba

Madre e hija se intercambiaron decenas de mensajes de WhatsApp retransmitiendo los pasos previos y posteriores al asesinato del amante de ambas. El rastro telefónico dejado en la comunicación de sus intenciones y sus ubicaciones a través de la red de mensajería rápida fue determinante para que las dos y sus cómplices fuesen condenados por el crimen de la coruñesa plaza de la Cubela. Los wasaps las condenaron, y como a ellas cada vez a más acusados y denunciados en Galicia por los mensajes, imágenes y archivos de audio transmitidos por la red de mensajería rápida u otras similares, como Telegram o Messenger.
Funcionarios de Justicia de la comunidad recomiendan no borrar los mensajes que puedan ser presentados como prueba en un litigio, porque dichas comunicaciones tienen una importancia claramente al alza a la hora de inclinar el fallo judicial. «Cada vez serven máis como elemento probatorio, porque cada vez a xente as emprega máis», apunta Xermán Varela, titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Pontevedra y portavoz de Jueces para la Democracia en Galicia. La verificación de que no hay indicio de manipulación de los mensajes es el paso clave para la admisión de los mensajes como prueba. Pero no hay ninguna sentencia del Tribunal Supremo que establezca jurisprudencia de cómo debe de ser la recogida o volcado de los mensajes o cómo debe formarse la cadena de custodia de estos una vez presentada una denuncia o los archivos son adjuntados como prueba, recuerda el fiscal especial de delitos informáticos de A Coruña, Luis Vázquez.
En manos de expertos
«La policía y la Guardia Civil tienen medios para extraer los mensajes de un teléfono móvil y probar que la hora y fecha de ellos son correctas y no han sido manipuladas», señala el fiscal especializado en materia informática, que añade que siempre que hay un mensaje recibido hay también un emisor al que se le puede requerir judicialmente su teléfono para comprobar la veracidad de la prueba.
«Podo validar ou non mensaxes de WhatsApp como proba dependendo das circunstancias de cómo se entreguen, se se fan con ou sen teléfono, ou con as mensaxes impresas», explica el juez Varela, que indica que los magistrados toman más precauciones cuanto más se complican los casos a los que hacen frente. «Por iso temos que aplicar unha sa crítica, porque as supostas probas poden non ser veraces de todo», señala aludiendo a borrados parciales o manipulación del teléfono por un tercero.
No hay derecho a la intimidad que ampare al emisor de un mensaje que pueda ser tenido en cuenta como prueba judicial o que constituya en sí mismo un hecho punible. «O emisor cede ese dereito ao receptor cando se establece a comunicación», advierte Xermán Varela para añadir que el destinatario del wasap, correo o grabación puede hacerlos públicos sin que existan restricciones legales que lo impidan.
Eso sí, aunque el peso y la presencia de las pruebas que dejan las redes de mensajería son cada vez mayores, ni el juez ni el fiscal especial consideran que haya que legislar respecto a la utilización de wasaps o mensajes similares. «Os wasaps son as cartas, os correos e os SMS de antes», señala el magistrado, mientras que el representante del Ministerio Fiscal considera que «no puede haber ley que se adapte a todas las novedades informáticas».

Asuntos laborales y familiares
La abogada coruñesa Loli Rodríguez Amoroso aguarda en estos días el fallo de un caso cuya defensa está asentada básicamente en el intercambio de mensajes entre los dos miembros de una expareja. La denuncia de que un padre no se ocupaba de su hija ha sido contrarrestada con numerosos mensajes de WhatsApp en los que los dos progenitores se ponían de acuerdo sobre la hora de recogida de la niña en el colegio, quién la llevaba a actividades extraescolares, consultas sobre los regalos de cumpleaños y otras circunstancias de la vida cotidiana de la pequeña.
«Lo recomendable es llevar el teléfono a un notario y que dé fe de que los mensajes que contiene el móvil son los que se imprimen para llevar al juzgado como prueba», señala la abogada, que añade que esa misma certificación puede realizarla directamente la letrada de la Administración de Justicia.
«En el caso del que esperamos el fallo los wasaps van a ser determinantes», augura Rodríguez Amoroso, que apunta que en los asuntos judiciales de familia y en los laborales cada vez surgen más pruebas basadas en mensajes telefónicos. En ellos se deja constancia sobre todo de la existencia de relaciones laborales de trabajadores con empresas que no les dan de alta y sin embargo reciben órdenes concretas a través del móvil, como también de cesión ilegal de trabajadores entre firmas con constancia escrita también de esa vinculación fraudulenta, o de incumplimientos en la comunicación de despidos que no son notificados en tiempo y forma legales aduciendo no tener forma de contactar con el afectado, y acumular sin embargo este en su móvil infinidad de mensajes de la empresa.
Amoroso y Asociados estima que en el último año ya han utilizado wasaps como pruebas en al menos tres casos de asuntos de familia y en entre 15 y 20 ocasiones en temas laborales. «Nunca tuvimos ningún problema en la presentación de los mensajes y tampoco se falló en contra declarándolos no válidos», indica la titular del despacho, que añade además al WhatsApp como fuente probatoria muy determinante en asuntos de violencia machista y acoso.
Carga de la prueba
El abogado lucense Julio Castro Lamas, que ha intervenido en numerosos casos en los que los mensajes en redes sociales tuvieron también relevancia de primer orden, advierte en todo caso que en una sentencia del 2015 el Tribunal Supremo determinó que si las conversaciones se ponen en duda cuando se aportan archivos impresos, se desplaza la carga de la prueba a quien pretende aprovechar su idoneidad probatoria. Castro señala que, por ese motivo, se considera indispensable realizar una prueba pericial para identificar el verdadero origen de esa comunicación, la identidad de sus interlocutores y la integridad de sus contenidos, lo que afecta también a los wasaps, informa desde la delegación de La Voz en Lugo Enrique G. Souto.
El mismo letrado lucense señala que, con frecuencia, quien profiere amenazas por este medio no cuida lo que dice porque se produce en el transcurso de una conversación que va derivando y evolucionando de manera rápida.

Los narcos usaban la Blackberry porque encriptaba los SMS, como WhatsApp ahora

La encriptación que WhatsApp decidió aplicar desde el año pasado a los mensajes que envían sus abonados ha dificultado el pinchazo de un teléfono móvil que la Policía Judicial pudiese llevar a cabo. «Hasta hace poco WhatsApp era una de las aplicaciones de mensajería menos seguras porque se podía introducir en ella y manipular la conversación si se disponía de los conocimientos suficientes», recuerda el fiscal especial de delitos informáticos de A Coruña, Luis Vázquez. Esa laguna ha sido mejorada al cifrar en origen y destino los wasaps, «pero se puede manipular todo. Hacerlo con determinados correos electrónicos es de lo más sencillo», añade, al tiempo que recuerda que los narcotraficantes preferían hace años como teléfono móvil los de la marca Blackberry, ya que enviaba los SMS encriptados.
La técnica complica por una parte la investigación de las comunicaciones, pero por otra la allana con herramientas como las que hacen copias de seguridad de los móviles o facultan guardados automáticos, como Google+ o Dropbox. La Policía Judicial puede extraerlas también en caso de que se ponga el móvil en sus manos, aunque, eso sí, el titular se quedará sin el aparato una temporada.
Vázquez añade como dificultad añadida en la verificación de wasaps el hecho de que la empresa de mensajería almacena durante un período de tiempo corto los datos que generan sus abonados. «A Facebook se le puede oficiar para que mande determinadas páginas, a Whatsapp no, porque no las guarda». La Ley de Procedimiento Criminal obliga a los operadores de telefonía a guardar datos del tráfico generado, localización de IP y los archivos, pero la empresa de mensajería no se siente vinculada por esa norma y declina en las de telefonía esa responsabilidad. La pugna entre ambos sectores tecnológicos es encarnizada y se dilucida ya en el ámbito comunitario, porque quien almacena debe emplear muchos recursos técnicos y económicos en dicha operación.

 

martes, 7 de marzo de 2017

Faro de Vigo

La comarca registró más de medio millar de rupturas matrimoniales en 2016, un 13% menos

Son mayoría las disoluciones que se realizan por consenso entre los cónyuges, aunque los problemas llegan a la hora de establecer las medidas de guardia y custodia de los menores

Los juzgados de la comarca registraron el pasado año un total de 535 rupturas matrimoniales, lo que supone un descenso de un 13,2% con respecto al ejercicio anterior, cuando se contabilizaron 617 en los partidos judiciales de Pontevedra, Marín y Caldas. Las demandas de separación o divorcio cayeron de forma importante en la comarca, dado que el descenso en la media gallega fue inferior, de un 9,7%.
Los pontevedreses, por lo tanto, sufrieron menos rupturas matrimoniales de media que el resto de Galicia y además en su mayor parte (un 55%) fueron separaciones consensuadas entre los cónyuges. Así, del total de divorcios y separaciones, 294 fueron con acuerdo entre las partes mientras que en 241 fue precisa la intervención judicial para determinar las medidas que rigieron la disolución matrimonial.
También cabe destacar que sigue siendo mayoría los divorcios (un total de 499) frente a las separaciones (las 36 restantes) y que Marín fue la localidad en la que el descenso de las disoluciones matrimoniales fue mayor de los tres partidos judiciales de la comarca (un 23%). En Caldas el descenso fue de un 9% y en Pontevedra de un 6,4%. En Marín y Pontevedra los divorcios descienden por segundo año consecutivo.
Sin embargo, como dato curioso también cabe destacar que los divorcios consensuados son los mayoría en la ciudad del Lérez, con 184 frente a 133, mientras que en los partidos judiciales de Marín y Caldas son mayoría las rupturas conflictivas.
Normalmente el principal problema a la hora de llegar a un acuerdo matrimonial tiene que ver con la guardia de los niños y esto se deja ver también en las demandas que se presentan en los juzgados por la custodia de los menores que nacen en parejas que no son matrimonio. En este caso, la mayoría siguen siendo demandas que resuelve el juzgado al no haber acuerdo entre las partes. Se presentaron 169 el pasado año en los tres partidos judiciales y de todas ellas casi un 63% acabaron sin consenso y dictando una resolución el juez.
Lo mismo ocurre cuando se trata de modificar las medidas establecidas por un juez inicialmente en el divorcio y que alguna de las partes puede pedir que se cambien en el caso de que se produzca alguna situación novedosa en relación a los dos miembros de la pareja (que uno de ellos, por ejemplo, pierda su empleo) en este caso, el año pasado se tramitaron 202 solicitud de modificación de medidas y en 8 de cada diez no hubo acuerdo y tuvo que resolver el juzgado.
Mediación
Cabe recordar que Pontevedra cuenta con un servicio de mediación intrajudicial en la ciudad que permite a los cónyuges alcanzar acuerdos que eviten que el durotrance de la ruptura matrimonial sea todavía más traumático. Los expertos recomiendan siempre una separación consensuada, sobre todo por el bien de los menores que puedan estar a cargo del matrimonio.
Se trata de un proceso en el que ambas partes deben consentir participar de forma voluntaria y las estadísticas de los servicios de mediación señalan que hasta un 50% de las familias que recurren a la mediación acaban con un acuerdo.

viernes, 3 de marzo de 2017

El Confidencial

Mi ex se ha quedado con la casa y la hipoteca, ¿cómo puedo dejar de figurar en la misma?

La sentencia de divorcio adjudicó a mi ex mujer la vivienda familiar con todos sus cargos, incluida la hipoteca. El problema es que yo figuro también en la misma

La sentencia de divorcio adjudicó a mi ex mujer la vivienda familiar con todos sus cargos, incluida la hipoteca. El problema es que yo figuro también en la misma. ¿Hay alguna forma de liberarme de esta hipoteca?
En caso de divorcio judicial, como ocurre en su caso, el hecho de que uno de los cónyuges se adjudique el 100% de la vivienda y se comprometa, en este caso ante el juez, al pago de la totalidad del préstamo hipotecario, no exime al otro miembro de la pareja de su obligación de cara al banco. En su situación, si su ex mujer incumpliera en el pago, la entidad financiera podría ir contra sus bienes presentes y futuros.
Por lo tanto, lo más recomendable, una vez hayan quedado inscritos los efectos de esta sentencia, tanto en el Registro Civil como en el Registro de la Propiedad correspondiente, es que lleve a cabo el cambio de titularidad del préstamo hipotecario, pues el simple hecho que uno de los miembros de la pareja se quede con la titularidad de la casa, no implica la titularidad en exclusiva de la hipoteca.
Para ello, ambos cónyuges titulares del préstamo deben realizar una negociación con el propio banco para que se produzca dicho cambio. Desde el punto vista jurídico las dos figuras recomendables para dicha alteración son: la novación o la cancelación del préstamo hipotecario, constituyendo uno nuevo a nombre exclusivamente de su ex mujer, y siempre y cuando el banco acepte dicho cambio, pues para ello se les puede exigir alguna de las siguientes garantías:
1.- Un nuevo titular.
2.- Aumentar el tipo de interés.
3.- Un nuevo aval.
Esto ocurre porque en algunos casos es posible que el banco no acepte el cambio de dos titulares a uno solo, entendiendo que el nuevo titular puede no ser lo suficientemente viable económicamente.
En caso de que el banco no acepte el cambio de los titulares, usted, que por sentencia judicial ha cedido su parte de la vivienda, deberá seguir afrontando el pago de la hipoteca.