martes, 28 de febrero de 2017

La Voz de Galiica

El número de madres solteras por elección, en crecimiento en Vigo

Según IVI, la cifra se ha triplicado en Galicia en los últimos cinco años

El número de mujeres que deseaban ser madres solteras usando esperma de donante se triplicó en los últimos cinco años en Galicia, según ha informado la clínica de reproducción asistida IVI Vigo, que ha concretado que la mayoría de ellas son mujeres residentes en la ciudad olívica y con edad media de 38 años.
En concreto, la clínica cifra el incremento en un 234 por ciento desde 2012, periodo en que la media de edad «no ha variado significativamente». «Cuando la mujer siente la amenaza del reloj biológico, sobre los 40 años, y quiere ser madre pero no tiene pareja, es el momento en el que se plantea la maternidad en solitario», explica el director de IVI Vigo, Elkin Muñoz.
En este contexto, la clínica ha recordado que un estudio que elaboró junto a la Universidad de Sevilla concluía que las mujeres que quieren ser madres solteras tienen «alta autoestima, una destacable satisfacción vital y, en general, un buen equilibrio emocional».
«Podemos decir que estas mujeres están siendo pioneras, mostrando a la sociedad una nueva forma de entender la familia y la crianza. Sin duda, están rompiendo barreras», ha remarcado la responsable de la unidad de apoyo emocional de IVI Vigo, la doctora Ana Izquierdo.
En este ámbito, IVI Vigo y la Asociación Madres Solteras por Elección han organizado para este martes una charla gratuita --bajo inscripción-- dirigida a madres solteras o mujeres que valoren serlo, para abordar con ellas los aspectos relacionados con este modelo de maternidad y crianza.

 

lunes, 20 de febrero de 2017

ABC

¿Me sale rentable el divorcio?

Lo que debes saber para cuando llega «la primera reunión con el abogado» 

La decisión de divorciarse o separarse de nuestra pareja es dura. Romper con la vida que se había llevado hasta ese momento, rehacer tu vida, empezar de nuevo... Y, ¿qué hacer con el bagaje de lo vivido hasta ese momento? Pero, una vez dado ese primer paso, llega el momento de asesorarnos profesionalmente, y con ello, la inquietante primera reunión con «el abogado».
Lo primero que debe entender una persona cuando va a iniciar los trámites de divorcio, explica Marta Macho, abogada del despacho especializada en Derecho de Familia, «y cuando hablo de divorcio me refiero también a separación o medidas paternofiliales, es que el dinero importa, y mucho. Inevitablemente, las penas, cuando se cuenta con solvencia económica, son menos penas, hecho constatado hasta la saciedad por los profesionales del derecho».
«Comencemos por una frase típica, -usada recurrentemente por los abogados de familia pero no por ello menos cierta- que reza: «con lo que antes vivía una familia, ahora tienen que vivir dos». Una verdad indiscutible», añade Macho.

Dos —o tres— viviendas

«Por el hecho de romperse una familia no aumentan los ingresos, pero sí los gastos», recuerda esta letrada. De esta forma, prosigue, «la pareja -constituida en torno a un domicilio- habrá de pasar a mantener dos viviendas, la del padre y la de la madre, e incluso a veces hasta tres viviendas (en aquellos casos de custodia compartida en que la madre y el padre residen fuera del domicilio familiar y son los hijos los que permanecen en el mismo, entrando y saliendo cada progenitor en cada periodo de custodia)».
«Piénsese que el progenitor no custodio saldrá, con toda probabilidad, del que hasta ese momento ha constituido el domicilio familiar, en el cual permanecerán los hijos junto con el progenitor custodio. Lo más probable es que sobre dicha vivienda esté constituido un préstamo hipotecario, del cual seguramente ambos serán titulares, y por lo tanto, sea quien sea quien resida en la vivienda, deberán abonar ambos dicha hipoteca en la proporción en que sean deudores», puntualiza Macho.

Pensión de alimentos

Por otra parte, recuerda esta abogada, «el progenitor no custodio deberá abonar además una suma mensual en concepto de pensión de alimentos a favor de sus hijos. Quizá deba pagar también una pensión compensatoria a su ex cónyuge. Todo eso sin contar con sus propios gastos».

Modificación de las medidas

También existe la posibilidad, advierte la experta de ABA Abogadas, «de que las medidas dictadas en el momento del divorcio sean modificadas en un ulterior procedimiento, llamado de modificación de medidas, el cual para ser viable debe reunir un requisito fundamental que el propio nombre del procedimiento judicial ya intuye: que exista una modificación sustancial de las circunstancias que se tuvieron en cuenta para dictar las medidas cuya alteración se pretende».

Conclusión

«Insistimos en una evidencia fruto de la experiencia de años de tribunales. Por muy perentoria que se sienta la necesidad del divorcio hay que echar números. No tanto para volverse atrás sino para plantear el proceso de divorcio -ya sea de mutuo acuerdo o contencioso- atendiendo a todas las circunstancias. Cuando se han meditado las consecuencias económicas cabe plantear el proceso de divorcio de la forma menos gravosa para los cónyuges», apunta.
«Y aunque la sentencia que regula las medidas derivadas de dicho procedimiento no es inamovible, sí suele tener una considerable duración en el tiempo; un proceso de modificación de medidas no resultaría viable apenas transcurridos unos meses desde la sentencia de divorcio, sin tiempo para que se hubieran producido cambios en las circunstancias familiares que pudieran amparar la pretendida modificación», concluye Macho.


jueves, 16 de febrero de 2017

Faro de Vigo

"Señor juez, quiero vivir con mi padre"

La Audiencia de Pontevedra otorga a un hombre la custodia de su hija al ser "el deseo personal" de la adolescente -Son excepcionales, pero en los juzgados vigueses hubo sentencias similares

"No puede pedirse al Derecho que resuelva el problema de los afectos". Ésta es la frase que utilizan los magistrados de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Pontevedra como colofón a su argumentación sobre los motivos que les han llevado a revocar una sentencia dictada por un juzgado de Primera Instancia e Instrucción del área de Vigo referente a la guarda y custodia de una menor de 16 años. Frente al criterio del primer fallo, la sala otorga la custodia al padre por ser éste el "deseo personal" de la adolescente. El tribunal adopta este criterio atendiendo a que la chica ya tiene una edad por la que cuenta con "capacidad natural e intelectual suficiente para tomar decisiones libres" y por el "rechazo o aversión" que muestra a la "convivencia diaria" con su madre. Aunque lo ideal es "preservar" el vínculo afectivo y la relación de un hijo con ambos progenitores, señalan, en este caso estiman que "la imposición coactiva de contactos no deseados" sería "contraproducente" y, además, podría afectar a la "estabilidad emocional" y la "salud psíquica" de la menor. Lo único que resta, concluyen, es "respetar su voluntad".
Esta reciente sentencia de la Audiencia pontevedresa se centra de forma directa en una delicada cuestión. ¿A partir de qué edad puede escoger un menor, o al menos expresar su voluntad ante el juez, en relación con cuál de sus progenitores quiere vivir? ¿Qué peso tiene el deseo del hijo en la decisión que plasmará el magistrado en sentencia? "Si el procedimiento [de separación o divorcio] fuere contencioso y se estime necesario de oficio o a petición del fiscal, partes o miembros del equipo técnico judicial o del propio menor, se oirá a los hijos menores o incapacitados si tuviesen suficiente juicio y, en todo caso, a los mayores de doce años", reza el artículo 770.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil al respecto. "El criterio legal es que el menor debe ser oído, pero lo que éste exponga no es vinculante", explica Isabel Olcina, abogada viguesa especializada en litigios matrimoniales.
Otros factores

La letrada explica que, junto a lo que dice el menor, a la hora de adoptar una resolución los magistrados valoran otra serie de factores que pueden ser claves. "Si el juez ve que con el cambio de custodia que plantea el hijo se puede ver alterada su vida no suele modificar ese régimen, salvo que haya una problemática grave de fondo que lo aconseje", afirma la jurista, que señala que el peso del deseo expuesto por un adolescente también depende de su edad. "No es lo mismo un niño de 13 años que uno de 16 o 17, que ya tiene un grado de madurez mayor", refiere. También hay que valorar que lo expuesto por el niño responda a una "voluntad autónoma" y no sea fruto de "caprichos" o "influencias" externas.
Casos como los que se recogen en la sentencia de la Audiencia pontevedresa, en la que la voluntad del adolescente es lo que resulta determinante a la hora de conceder el cambio de custodia, no son muy habituales. Pero en los tribunales de Familia de Vigo ya hubo resoluciones similares, además de varios asuntos en la actualidad en trámite. Una de las sentencias de la urbe olívica es referente a dos hermanos: uno no había alcanzado aún los 10 años y otro rondaba los 12. Atendiendo a lo que manifestaron, junto a otros factores, finalmente en el fallo se respetó la voluntad de ambos niños.
También hubo fallos con el criterio contrario. Como una chica de 16 años que, según fuentes próximas al caso, expresó "claramente" que quería irse con su padre. Valorado en su conjunto el caso, el tribunal concluyó que debía permanecer con la madre.
 

miércoles, 8 de febrero de 2017

Las Voz de Galicia

Las anulaciones de bodas religiosas se disparan

El cambio de tendencia en la diócesis de Tui-Vigo coincide con el primer año de la reforma del papa Francisco que incluye casos de gratuidad y agilidad en el trámite

Hacía casi una década que las anulaciones de bodas religiosas no experimentaban un ascenso como el que ha tenido en el 2016. En este año la diócesis de Tui-Vigo resolvió veintiuna nulidades, casi el doble que en el 2015. Fuentes del Tribunal Eclesiástico relacionan el incremento con el motu proprio del papa Francisco para abreviar los procesos y tramitarlos de forma gratuita. «Las personas que tienen dinero pagan y cuando justifican que no lo tienen, abonan la mitad o nada, dependiendo de los ingresos», indican las mismas fuentes.
La puesta en marcha del nuevo procedimiento hace poco más de un año provocó un aluvión de consultas, muchas de las cuales se quedaron en eso. Del centenar de personas que se interesaron por la tramitación en el 2015, solo una docena se animó a llevar adelante la anulación matrimonial, la segunda cifra más baja de la década.
En principio, muchos ciudadanos interpretaron la decisión del papa como café para todos y pensaron que no tendrían que aportar un euro por la gestión.
El presidente del Tribunal Eclesiástico de la diócesis de Tui-Vigo, Juan Carlos Sendón, aclaró, que tal como había matizado con posterioridad el papa Francisco, las parejas que disponen de medios pagan los 1.500 euros que cuesta el procedimiento en Vigo para compensar con aquellas que no pueden. La aportación varía en función de cada diócesis.
En principio, el papa pretendía que el coste gravitara en la Conferencia Episcopal o el obispado. En el caso del Tribunal Eclesiástico de Tui-Vigo, si lo gestionaba gratis para todo el mundo, se veía en la tesitura de tener que afrontar por su cuenta los gastos de material, oficinas, abogado, psicólogo y psiquiatra, aunque fuera con una retribución mínima.
Una de las cifras más altas de anulaciones se registró en 1999, cuando se tramitaron 56. Por el contrario, la más baja tuvo lugar en el 2013, con solo 11.
Desde el 2010 las nulidades fueron cayendo en picado, tal vez como consecuencia de la crisis económica. El presidente del Tribunal Eclesiástico lo achaca también al menor número de bodas al optar muchas parejas por vivir juntos sin casarse, como demuestra el descenso también de los matrimonios civiles.
Otra de las razones, dice, puede estar en la fe, al alejarse la gente cada vez más de la religión y no darle importancia a la situación moral. «Hay tantas rupturas y parejas de hecho que parece normal y habitual», destacaba Juan Carlos Sendón a propósito de la evolución.

La causa más frecuente es la incapacidad para asumir las obligaciones

Las causas que pueden llevar a la nulidad matrimonial son múltiples, pero hay unas que se repiten con mucha más frecuencia.


Inmadurez. La mayoría de las demandas tienen su origen en la inmadurez o dependencia psicológica de uno de los cónyuges de otra persona como el padre, la madre o un amigo. También es frecuente la incapacidad para asumir obligaciones
 
Simulación. Se casan sin asumir aspectos tan importantes como la indisolubilidad.
 
Brevedad. La brevedad en la convivencia conyugal es un motivo que puede ser tramitado por la vía breve.
 
Aborto. El aborto para impedir la procreación también figura en la lista de causas. Hay parejas que se casan con la idea de no tener hijos y se lo ocultan a la otra parte.
 
Infidelidad. Aunque la infidelidad en sí mima no es motivo de nulidad, si lo es la existencia de una relación extraconyugal en la época de la boda o inmediatamente posterior, la promiscuidad o conducta libertina.
 Es suficiente con que una de las partes presente la demanda en el tribunal
Para solicitar la nulidad matrimonial a la Iglesia hay que acudir al tribunal eclesiástico de la diócesis donde se celebró la boda. En el caso de Tui-Vigo, se encuentra en la sede del obispado en A Guía. Un experto en derecho canónico hace una valoración inicial sobre la viabilidad del proceso. Es suficiente con que una de las partes presente la demanda, aunque la otra no esté de acuerdo. Si no hay recurso de alguna de las partes, no es necesario recurrir a un segundo tribunal, como sucedía antes. El obispo es juez único en los casos más claros. Tarda un año y prosperan el 90 % de solicitudes.

 

martes, 7 de febrero de 2017

El Pais

Cataluña registra dos divorcios por cada tres bodas

La comunidad tiene la tasa de separaciones más alta de España

 
Por cada boda y media, Cataluña registra un divorcio. En 2015, la comunidad celebró 26.873 enlaces y certificó 18.898 rupturas matrimoniales entre nulidades, divorcios y separaciones. El fin de la crisis vuelve a animar a las parejas mal avenidas a enfrentar los trámites y las consecuencias económicas de una separación. Cataluña tiene una tasa de separaciones de 2,6 por cada 1.000 habitantes, la más alta de España, con una media de 2,2.
“Cataluña tiene una sociedad más laica, donde hay menos influencia de la iglesia católica. Además, que el régimen matrimonial sea de separación de bienes, hace que las parejas puedan actuar de forma más individual y que disolver el matrimonio dé menos miedo”, justifica María Ángeles Félix, catedrática de derecho eclesiástico del Estado en la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona. De las 101.357 rupturas matrimoniales que se registraron en España en 2015, según el Instituto Nacional de Estadística (INE), 18.898 se dictaron en Cataluña.
La docente, que también es miembro de Tribunal Eclesiástico de Barcelona, asegura que el fin de la crisis ha influido en el repunte de las separaciones. En 2013, en plena recesión, se notificaron 18.584 rupturas, la cifra más baja de la última década.
Aunque el número de nulidades eclesiásticas sigue siendo anecdótico en el conjunto de rupturas, las sentencias favorables de los tribunales eclesiásticos se han casi duplicado en un año, de 33 a 52. “En un contexto de crisis, una pareja con una crisis conyugal busca el primer remedio, que es el divorcio. Y si lo tienen, no tienen prisa por pedir la nulidad porque supone otro gasto. Por eso cuando se sale de la crisis, hay un auge de nulidades", señala Félix. Además, los criterios para conceder nulidades se han flexibilizado.
 

El Pais

El Supremo rechaza el recurso de una madre con hija dependiente a usar la vivienda familiar

El tribunal no ve equiparable la protección que necesita un hijo menor de edad a la de uno mayor de edad con discapacidad

 
El Tribunal Supremo ha desestimado el caso planteado por una madre, que vive con su hija mayor de edad y dependiente en el domicilio del padre. La mujer pedía seguir haciendo uso del inmueble por tiempo ilimitado, pero la sentencia le da la razón al padre y afirma que no es equiparable la protección y asistencia que necesita un hijo menor de edad a la que requiere uno mayor de edad con discapacidad. Es la primera vez que el Supremo se pronuncia sobre el uso y disfrute de la vivienda familiar en caso de separación o divorcio.
La mujer, siguiendo la misma línea argumental por la que el progenitor sí está obligado a pasar una pensión alimenticia, había presentado un recurso de casación en el que solicitaba que su hija se considerase como menor al tener una discapacidad —esquizofrenia— y, en consecuencia, también pedía el uso indefinido de la casa. La Audiencia Provincial de Valencia, al igual que el juzgado de instancia, había atribuido anteriormente por un período de tres años, que finaliza ahora, el disfrute de la casa para la progenitora.
El Supremo no ve posible la permanencia de la mujer en el domicilio, ya que al ser la vivienda propiedad del padre, negarle su uso por tiempo ilimitado "vaciaría de contenido económico el derecho de propiedad o lo reduciría notablemente". Y corrige que la sentencia a la que hacía referencia la recurrente para defender su alegato es relativa a la de un hijo con patria potestad rehabilitada en favor de su madre, mientras que en este caso la discapacidad de la hija que convive en el domicilio familiar "no ha sido reconocida judicialmente".
Según dice el tribunal, la atención hacia las personas mayores con discapacidad depende de "su estado y grado, físico, mental, intelectual o sensorial, del acierto en la adopción de los apoyos en la toma de decisiones y de la elección de la persona o institución encargada de hacerlo, entre otras cosas". También, el respeto a su derecho de vivir de forma independiente y de tener control sobre su vida diaria "siempre que sea posible". Por tanto, asegura que la toma de decisiones derivadas del divorcio de los padres sea asumida por la hija y no por su madre.
 

miércoles, 1 de febrero de 2017

ABC

Feijóo se posiciona a favor del «vientre de alquiler» y la custodia compartida

Afirma que «no son debates menores» y que «la ética a lo largo de los siglos se va ajustando»

El presidente de la Xunta de Galicia y líder del PP gallego, Alberto Núñez Feijóo, se ha posicionado este lunes a favor de la regulación de la gestación subrogada y la custodia compartida, dos asuntos que serán sometidos a debate en el congreso nacional de su partido y que ha abierto heridas internas entre los sectores más conservadores.
En un almuerzo-coloquio organizado por el Club Siglo XXI en Madrid, Feijoo ha asegurado que estos «no son temas menores» y, de hecho, los ha ligado directamente al «problema estructural» de la natalidad en España. Esta cuestión es el eje central de la ponencia social que ha coordinado el vicesecretario Javier Maroto. 

Aunque ha reconocido que suscita posiciones muy encontradas en su partido por la cuestión «ética», el líder del PP gallego se ha posicionado a favor de la «evolución» ideológica del partido, que en todo caso definirá su ideario en un «congreso abierto». Organizaciones territoriales como Madrid y Valencia, con Cristina Cifuentes e Isabel Bonig a la cabeza, se muestran partidarias de la regulación de ambas cuestiones.
«Es un tema importante. Hay mucha gente a la que le gustaría tener hijos y no puede. Es verdad que estamos al borde de planteamientos éticos pero la ética a lo largo de los siglos se va a ajustando. Y los planteamientos éticos del siglo XVIII no son los del siglo XXI. A una pareja que quiere tener hijos se le debe respetar», ha asegurado.
Feijóo, que ha reconocido que él mismo está recabando la opinión de los compromisarios gallegos, ha recordado que está a la espera del nacimiento de su primer hijo. «Si no me dejara ver a mi hijo me voy a enfadar», ha dicho en defensa del principio de igualdad en la custodia de los descendientes.




La Voz de Galicia

La ley gallega de custodia compartida coge impulso tras el apoyo de Feijoo

La entidad que promueve la ILP confía en lograr el acuerdo de todos los grupos

La Asociación Galega de Pais e Nais Separados ha recogido casi diez mil firmas para que el Parlamento debata una iniciativa legislativa popular (ILP) para aprobar una ley gallega de custodia compartida. Y el apoyo claro del presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijoo, a este tipo de custodia, da impulso a esta futura norma que se sumaría a las que ya tienen Cataluña, País Vasco, Aragón y Navarra, y que acaba de ser tumbada en Valencia por el Tribunal Constitucional.
Si todos los trámites se van cumpliendo «e hai celeridade e ganas por parte dos deputados», indica el presidente de la asociación, Lois Toirán, la Cámara gallega podría aprobar esta legislación en un año. No obstante, el colectivo que respalda esta ILP confía en un acuerdo mayoritario de todos los grupos y no solo del PP, «porque iso vai a ser sinónimo de que a lei vai funcionar», apunta Toirán.
Ayer, precisamente, la entidad se reunió con el grupo parlamentario de los populares gallegos. Fue un encuentro en el que recibieron un apoyo con el que ya contaban. «A impresión foi moi positiva e están coa intención de sacar adiante a lei, pero sería un erro que fose dun só partido político», señalan desde la asociación. Desde que se anunció la presentación de esta ILP los promotores se reunieron ya con En Marea y el PSdeG además de con el PPdeG, y todos los grupos se mostraron partidarios de debatir y hacer las modificaciones necesarias para que esta legislación salga adelante, y también desde el BNG habían apoyado previamente el debate. «Sabemos que non todo vai ser un camiño doado, e sabemos que hai reticencias desde algúns sectores, pero cando menos contamos con esta axuda». Además de la recogida de firmas -la entidad quiere presentar el mayor número posible, muchas más de las 2.500 necesarias-, y de las reuniones con los partidos, la Asociación Galega de Pais e Nais Separados está promoviendo mociones o recogidas de apoyos de los alcaldes en los concellos gallegos.
Sobre las declaraciones de Feijoo, quien será padre en febrero y aseguró que se enfadaría si no le dejaran ver a su hijo, Toirán relativizó estas palabras, ya que les gustaría que «non todo dependera de experiencias particulares, senón que fora unha resposta a unha necesidade social, e non dos adultos, senón dos fillos e as fillas, porque é un dereito deles, dos nenos».
En Galicia, en el año 2015 el 15,6 % de las rupturas con hijos acabaron en custodia compartida, un porcentaje muy inferior a las comunidades que tienen normas propias autonómicas, como Cataluña, con un 40 %, o Aragón, con un 34 %. Pese a ser partidario de una ley estatal, un tema que de hecho estará presente en el congreso nacional del PP de febrero, la asociación defiende leyes específicas en la comunidad, ya que hay peculiaridades que debe abordar Galicia.
Un debate que todos los partidos quieren abrir, pero sin postura oficial
Otro asunto que Feijoo se mostró partidario e debatir es la maternidad subrogada, que todos los grupos gallegos coinciden en querer abrir, pero sin tener una postura única y oficial. El PPdeG admite que se está estudiando y se respeta el pensamiento de cada persona; el grupo de En Marea sostiene que no se puede tomar a la ligera una decisión, por lo que habría que abrir un análisis en la sociedad; el PSdeG apunta también a este debate abierto; mientras que el BNG insta a estudiar antes todas las posibilidades y lo que significa ética y económicamente esta maternidad