Un gerente divorciado deberá pagar una pensión de 2.000 euros al mes a sus hijas universitarias
La Audiencia sostiene que los gastos de ocio de las estudiantes van incluidos dentro de la pensión
La sexta sección de la Audiencia ha ordenado que un gerente
divorciado siga pagando cada mes 2.000 euros a sus dos hijas
universitarias en concepto de pensión de alimentos a pesar de que él
pidió una rebaja de dicha cuantía porque le habían recortado el sueldo
durante la crisis. Cada menor percibirá mil euros al mes.
El
asunto se remonta al 2011, cuando ambos cónyuges firmaron el convenio
regulador del divorcio que fijó la pensión de alimentos en 2.000 euros
para las dos hijas del matrimonio cuando una estudiaba bachillerato y la
otra iba al colegio. Ahora, ambas son universitarias y, según el
tribunal, tienen que sufragarse el ocio y otras necesidades básicas que
van incluidas dentro de los gastos extraordinarios que recoge la
pensión.
El divorciado recurrió a los tribunales poco
después para que le rebajasen la cuantía a la mitad porque alegó que su
empresa le había bajado el sueleo de 5.100 euros al mes a solo 3.700,
además de otras rentas de su patrimonio. Dijo que perdió 1.300 euros al
mes entre el 2012 y el 2014 pero la Audiencia hizo cuentas y redujo su
caída de ingresos a solo 463 euros, cifra que compensaba porque la
pensión de 500 euros de la exmujer se extinguió a los dos años. Por
tanto, ingresaba lo mismo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario