miércoles, 18 de enero de 2017

La Voz de Galicia

Retiran a un vigués la patria potestad de su hijo por abusar de la hermanastra del menor

El Supremo corrige a la Audiencia y ve un «grave riesgo» para el niño

 

Un vecino de Vigo condenado por abusar de forma continuada de una niña de once años, hija de su novia, ha perdido la patria potestad de su propio hijo y el derecho a hacerle visitas. La madre de la víctima recurrió al Tribunal Supremo para que retirase la patria potestad del otro niño para evitar que quedase bajo el cuidado del abusador. La demandante alegó que el niño estaba sometido «a un grave riesgo» porque el padre había incumplido sus obligaciones de respeto y cuidado hacia su hijastra.
La pareja convivió en el 2006 y 2007 y el novio aprovechaba la ausencia de su pareja para abusar de la hija de ella, que rechazaba los tocamientos e incluso mordió en un brazo al agresor. Al nacer el hermano pequeño y mientras la madre estaba ingresada en el hospital, el hombre aprovechó para abusar otra vez de la pequeña, la cual sufrió depresión. El hombre fue condenado en el 2013 a cinco años y medio de prisión y alejamiento.
La batalla legal se remonta al 2014, cuando la madre pidió a un juzgado de familia de Vigo que retirase o suspendiese la patria potestad a su expareja. La magistrada le dio la razón a la mujer en el 2015 porque «no es difícil comprender que quien abusa sexualmente de la hermana de su hijo no se encuentra en condiciones de velar por este ni de proporcionarle una formación aceptable desde, prácticamente, ningún punto de vista». Preveía riesgo para el menor y que la relación entre padre e hijo «podría provocar una situación de conflicto de lealtades en el menor de consecuencias imprevisibles».
El condenado recurrió en la sexta sección de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, la cual dictaminó en febrero del 2016 que la privación de la patria potestad sería temporal y que el recluso podría recuperarla cuando cumpliese toda su condena en la cárcel «porque no se trata de actos que hayan afectado al propio hijo». La sala no vio ningún beneficio en privar al hijo de su padre más allá de la condena.
La madre recurrió ante el Tribunal Supremo para que el padre, que estaba ingresado en un centro penitenciario, no pudiese cuidar nunca de su hijo, con el que apenas tuvo relación en los últimos años. Además, consideraba que la Audiencia había hecho prevalecer el interés del progenitor al del hijo.
Ahora, la sala primera de lo Civil del Tribunal Supremo lo priva totalmente de la patria potestad porque el hombre ha incurrido en una grave agresión sexual a la hija de su pareja y pone en «riesgo y peligro cierto» a su propio hijo. Añade que el implicado «no reúne las características propias de un buen padre de familia» y ve «evidente» que el progenitor «no está capacitado para el cumplimiento de las obligaciones de cuidado y respeto de un menor».

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