Retiran a un vigués la patria potestad de su hijo por abusar de la hermanastra del menor
El Supremo corrige a la Audiencia y ve un «grave riesgo» para el niño
Un vecino de Vigo condenado por abusar de forma continuada de una niña de once años, hija de su novia, ha perdido la patria potestad de su propio hijo y el derecho a hacerle visitas. La madre de la víctima recurrió al Tribunal Supremo
para que retirase la patria potestad del otro niño para evitar que
quedase bajo el cuidado del abusador. La demandante alegó que el niño
estaba sometido «a un grave riesgo» porque el padre había incumplido sus
obligaciones de respeto y cuidado hacia su hijastra.
La pareja convivió en el 2006 y 2007 y el novio aprovechaba
la ausencia de su pareja para abusar de la hija de ella, que rechazaba
los tocamientos e incluso mordió en un brazo al agresor. Al nacer el
hermano pequeño y mientras la madre estaba ingresada en el hospital, el
hombre aprovechó para abusar otra vez de la pequeña, la cual sufrió
depresión. El hombre fue condenado en el 2013 a cinco años y medio de prisión y alejamiento.
La batalla legal se remonta al 2014, cuando la madre pidió a
un juzgado de familia de Vigo que retirase o suspendiese la patria
potestad a su expareja. La magistrada le dio la razón a la mujer en el
2015 porque «no es difícil comprender que quien abusa sexualmente de la
hermana de su hijo no se encuentra en condiciones de velar por este ni
de proporcionarle una formación aceptable desde, prácticamente, ningún
punto de vista». Preveía riesgo para el menor y que la relación entre
padre e hijo «podría provocar una situación de conflicto de lealtades en
el menor de consecuencias imprevisibles».
El condenado recurrió en la sexta sección de la Audiencia de Pontevedra,
con sede en Vigo, la cual dictaminó en febrero del 2016 que la
privación de la patria potestad sería temporal y que el recluso podría
recuperarla cuando cumpliese toda su condena en la cárcel «porque no se
trata de actos que hayan afectado al propio hijo». La sala no vio ningún
beneficio en privar al hijo de su padre más allá de la condena.
La madre recurrió ante el Tribunal Supremo para que el
padre, que estaba ingresado en un centro penitenciario, no pudiese
cuidar nunca de su hijo, con el que apenas tuvo relación en los últimos
años. Además, consideraba que la Audiencia había hecho prevalecer el
interés del progenitor al del hijo.
Ahora, la sala primera de lo Civil del Tribunal Supremo lo
priva totalmente de la patria potestad porque el hombre ha incurrido en
una grave agresión sexual a la hija de su pareja y pone en «riesgo y peligro cierto» a su propio hijo.
Añade que el implicado «no reúne las características propias de un buen
padre de familia» y ve «evidente» que el progenitor «no está capacitado
para el cumplimiento de las obligaciones de cuidado y respeto de un
menor».