lunes, 3 de abril de 2017

ABC

José Luis Utrera, juez de Familia: «El problema no es el divorcio, es el mal divorcio»

Así transcurre un día en el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Málaga, especializado en Familia 

Sin togas ni atriles, y sentados alrededor de una pequeña mesa ovalada que permite una gran cercanía entre las parejas que se van a divorciar, sus abogados, el Ministerio Fiscal y el propio juez. De esta manera tan próxima entre las partes celebra los juicios el magistrado José Luis Utrera, titular del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Familia de Málaga, cuyo objetivo es evitar en la medida de lo posible las rupturas judicializadas en nuestro país, una situación cada vez más común en España y a la que, añade, «pese a sus terribles consecuencias para todos los implicados, no se le está dando la entidad que merece». «De hecho —añade—, no resulta excesivo hablar de “familias judicializadas”».
La idea de este juzgado es revertir en la medida de lo posible la tradicional resolución de los conflictos familiares de ruptura con instrumentos exclusivamente jurídicos, donde las partes afectadas contratan los servicios de abogados que plantean un proceso judicial que finaliza con una sentencia. En los procesos contenciosos (aproximadamente la mitad de los computados), esa sentencia tiene carácter impositivo, es decir, que es el juez quien, a falta de acuerdo entre las partes, fija las reglas por las que se regirá ese grupo familiar en lo sucesivo.
En el caso de los siete casos dirimidos el pasado lunes 27 de marzo en esta sala, tres acabaron con una sentencia de divorcio de mutuo acuerdo, y todas las parejas que tenían hijos (seis de siete) solicitaron la custodia compartida, a pesar de que ninguno se hablaba entre sí. Esto es, según este magistrado, el principal error a la hora de tener «un buen divorcio». La comunicación entre los que antes formaban el matrimonio, prosigue, «es esencial para el bienestar futuro de los hijos, y crucial para el éxito del proceso. Si no, una custodia compartida es muy difícil que funcione». 


Comunicación rota

De otra forma, y así lo advierte este juez a cada una de las seis parejas con descendencia que entran en la sala, «cada vez que ustedes necesiten tomar una decisión sobre el menor, y esto sucederá cuando tengan que decidir sobre motivos escolares, operaciones quirúrgicas, un cambio domicilio, la primera comunión, o gastos extraordinarios, como el aparato dental, que no sabemos si se van a producir, tendrán que acudir a un abogado con el coste que eso supone. Aparquen las cuestiones que les separan como adultos, y hablen entre ustedes», insta a los presentes, que asienten en silencio, pero no se miran ni al abandonar la sala.
Con la siguiente pareja, padres de dos niños de 4 y 5 años, sucede exactamente lo mismo. «Les quiero advertir seriamente que no pueden seguir esa dinámica, y que van a tener ustedes que tomar decisiones sobre sus hijos durante mucho tiempo. Les aconsejo que cambien de “chip”, y que permitan a sus hijos un espacio para ser felices». «Yo quiero lo mejor para mis hijos», interrumpe el padre. a quien el juez corta para espetarle que «lo mejor para sus hijos es que ustedes cambien la actitud que tienen y no utilizar ni manipular a los niños».

«Juzgado del alma»

Es verdad que la mayoría de estas familias, admite la psicóloga del Juzgado, María Ángeles Peña, llegan al juzgado «con mucho dolor y mucha tensión. A veces decimos que un Juzgado de Familia es un hospital del alma. Vienen muy informados en la parte jurídica pero desamparados en la parte psicológica». Muchos, prosigue este experta, «creen que vienen al juzgado y que con el pleito van a resolver el conflicto. Pero después sigue habiendo discrepancias. Se olvidan de que toda ruptura familiar conlleva, además de las cuestiones legales, un proceso emocional, personal y psicológico que viven todos. Por eso es importante recordar que el juez y los abogados solo resuelven las cuestiones legales, pero no las emocionales y afectivas. Y que ese proceso emocional no acaba con el dictado de la sentencia, pues necesita un tiempo y una madurez de los implicados para ser superado». Pero es que, tal y como observa una de las abogadas de Familia que han entrado en la sala, «las sentencias no hablan, por ejemplo, del Día de la Madre o del Día del Padre». A veces algunos lo que necesitan, sugiere la psicóloga, «no es un abogado, es una terapia para reconducir sus roles familiares».

Para Utrera, la forma de reducir las traumáticas rupturas familiares judicializadas pasa, entre otras cosas, por ofrecer información del servicio de mediación familiar intrajudical a las parejas. «Esta es una forma de ayudarles a que se pongan de acuerdo sobre su separación, con la intervención de un profesional imparcial. Tiene muchas ventajas. Facilita la tramitación de los procesos de mutuo acuerdo y no de forma contenciosa, además de disminuir las discusiones y el conflicto entre la pareja y, por ende, el coste económico». «De común acuerdo, todos ganan. Así se favorece el clima de diálogo de los progenitores, y se genera un ambiente más favorable a las relaciones de los hijos con estos que, de otra manera, son siempre los grandes perjudicados en estos procesos», concluye Utrera, para quien «el problema no es el divorcio, es el mal divorcio». 



La Voz de Galicia

Los juzgados de Pontevedra dictan decenas de fallos basados en wasaps

La mayor parte de los sentencias se refieren a casos de violencia machista

«Guarra». «Zorra ». «Tú sí que eres una pu… de mierda». Durante su relación sentimental, Enma, nombre ficticio de esta pontevedresa, sufrió estos insultos y otros por parte del que era su compañero. Fueron todos en mensajes de texto que le fueron remitidos a través del WhatsApp. Ahora constituyen una de las pruebas admitidas durante el procedimiento abierto en los juzgados de A Parda contra su expareja.
Decenas de sentencias condenatorias en Pontevedra recogen como principal prueba de cargo este tipo de mensajes. «Se emplean como indicio, principalmente, en casos de violencia machista», señala un abogado capitalino.
En muchos casos, no solo demuestran la existencia de amenazas, injurias o coacciones, sino que también ponen de manifiesto el incumplimiento de medidas cautelares como las que prohíben a los maltratadores mantener contacto de cualquier tipo con las víctimas. «Xfavor no le digas nada a la guardia civil y solo contéstame xq??? Marisa xq??? Xfavor no le digas nada y contéstame a mi» fue el primero de los diecinueve mensajes que una joven -su identidad se mantiene, también, en el anonimato- recibió en su móvil en apenas cuarenta y cuatro minutos, entre las 5.15 y las 5.59 horas del 13 de octubre del 2013. A esto se sumaron nueve llamadas en once minutos, entre las 5.44 y las 5.55 horas.
Las llamadas y mensajes procedían de su exnovio, quien finalmente fue condenado a un año por quebrantamiento de condena. De nada le sirvió disculparse, también por WhatsApp, al día siguiente: «Hola perdona x llamarte ayer y x wasapearte, pero xfavor no me denuncies otra vez que tampoco te insulté o amenacé, solo necesitaba preguntarse lo del xq de todo y nada más. Te prometo que no lo volveré a hacer más, x eso xfavor no me denuncies, t lo pido de corazón, ya sé que no respeté la orden pero no hice nada malo. Perdóname y no lo volveré a hacer. Gracias».
Si bien las distintas fuentes consultadas coinciden en que es en el ámbito de la violencia machista donde más prolifera el empleo de este tipo de indicios, lo cierto es que es cada vez más común su uso en otro tipo de procedimientos penales. Sin ir más lejos, esta misma semana, el donjuán de Marín, Rodrigo Nogueira Iglesias, y una de sus exparejas se sentaron en el banquillo de los acusados por una supuesta estafa a un establecimiento hotelero de Meaño. Entre las pruebas que esgrimieron las acusaciones, un cruce de mensajes entre, presuntamente, el primero de los acusados y uno de los empresarios víctimas del delito.

Terceras personas
Emplear el término «presuntamente» no es baladí. Y es que una de las cuestiones que suelen argumentar las defensas frente a este tipo de indicios es que, si bien los mensajes pudieron partir del móvil de su cliente, entienden que no se puede demostrar que hubieran sido escritos por este. Tratan de sembrar la duda aludiendo a que el terminal pudo ser utilizado por terceras personas para redactarlos.
No ocurrió así en el caso de Juan Antonio Lusquiños Bustelo, último condenado en la Audiencia de Pontevedra por un asesinato vinculado con la violencia machista. En la sentencia, en la que le impusieron veinte años de prisión, se afirma que «non aceptou de bo grado a ruptura da relación coa vítima e os feitos cometidos tiveron que ver directamente co marco ou círculo das amentadas relación sentimentais pasadas». Para llegar a tal conclusión se alude a que «son significativas, ao respecto, as chamadas telefónicas que o acusado lle fixo á vítima dende un dos seus teléfonos móbiles, o contido dos textos por SMS, e as mensaxes de WhatsApp».
De cualquier modo, no siempre son hombres los condenados. Esta misma semana trascendió el caso de una joven pontevedresa a la que impusieron 375 euros de multa por las injurias que profirió hacia su exnovio en julio de pasado año. Curiosamente, y a diferencia de otros sucesos de similares características, no se trató de mensajes directos remitidos a la víctima, sino que según rcoge la sentencia, «ha utilizado su estado de WhatsApp para escribir mensajes -acompañados por emoticonos alusivos- referidos a su expareja, a sabiendas de que podrían leerlos sus contactos». Su intención no era otra que«atentar contra su dignidad y su propia estimación».

 

miércoles, 29 de marzo de 2017

La Voz de Galicia

Os menores e as separacións conflitivas

  


Na meirande parte dos casos de familias disfuncionais a separación conxugal supón unha melloría no ambiente relacional dos fillos e fillas ao deixar de presenciar situacións de conflito nas que as súas principais figuras de apego se amosan odio, desprezo ou directamente se insultan e pelexan. Porén, hai casos, xeralmente os máis públicos e comentados, en que a separación agudiza o conflito, en parte pola posibilidade de dar renda solta a frustracións e rancores pasados sen a necesidade de convivir con quen os provocou. Esas separacións conflitivas inclúen en moitos casos unha batalla pola custodia dos fillos comúns (a palabra define moi ben algúns casos en que se despregan estratexias e tácticas como se dunha guerra se tratase) convertendo a mesma en obxectivo principal, ao que en ocasións van aparellados problemas emocionais, ou noutras, económicos ou de propiedades.
En xeral os menores teñen unha alta capacidade de superación do dano, desenvolven defensas e finalmente adáptanse, preservando a súa estabilidade. Pola contra, se estas situacións son de particular intensidade ou persisten no tempo poden xerar un dano que dependerá na súa expresión e alcance da experiencia vivida, pero tamén da personalidade en formación, que se verá á súa vez afectada polas vivencias negativas do neno. Nos casos máis dramáticos, aqueles que conlevaron unha perda de relación cun proxenitor e supuxeron por tanto un dano, a veces severo, do vínculo con el, pódense presentar nos rapaces reaccións de tipo anímico que en ocasións chegan a afectar á súa estabilidade psicolóxica de forma persistente. Durante o conflito e como consecuencia deste poden presentarse nos fillos conflitos de lealdades respecto aos proxenitores, que resolven anulando a figura que consideran responsábel e apoiando aquela que consideran máis necesitada e apoiándose nela. Nalgúns casos pode aparecer incluso un efecto de parentificación cando os menores asumen o rol de nai ou pai protector respecto do proxenitor que consideran máis necesitado.

La Voz de Galicia

Las asociaciones de padres separados reclaman más apoyo a la mediación

La multa a una mujer por no dejar a su exmarido ver a sus hijos en 12 años reabre el debate

«O que está en cuestión nestes casos é a atención duns menores que están medrando». La frase la pronunciaba ayer Abel Lamas, vicepresidente de la Asociación Galega de Pais e Nais Separados. Con ella se refería a los casos de parejas separadas con hijos en los que uno de los padres incumple el régimen de visitas o el abono de la pensión alimenticia, casos como el que refleja una sentencia de un juzgado de A Coruña que condena a una mujer que durante 12 años impidió a su exmarido ver a sus hijos a pagar una multa de mil euros.
El diagnóstico que sobre este tema realizan los colectivos incide en varios aspectos. Por una parte, destacan que las instituciones públicas tienen pocos medios para intervenir en los casos de incumplimiento. Los juzgados, añade Lamas, «son remisos a facer modificacións das medidas» de guarda, custodia y alimentos. Y las dificultades, dicen, limitan el recurso a la vía judicial: «Unicamente se recorre á vía xudicial cando os incumprimentos son moi reiterados. Hai moitos casos nos que as partes levan a situación como poden, sen recorrer, pola lentitude da Xustiza e tamén porque que multen ou non ao pai dos teus fillos non é agradable».
La receta que, a juicio de las asociaciones, debería aplicarse para conseguir que la situación mejore es la del incremento de medios. Y en este sentido entienden que debe reforzarse, sobre todo, una herramienta que consideran esencial: la mediación. «Desde as asociacións sempre reclamamos que sexan os servizos de mediación os que tomen decisións deste tipo». Hay servicios públicos, como los gabinetes de orientación familiar, pero no tienen capacidad para intervenir, argumentan. «O Imelga (Instituto de Medicina Legal de Galicia) ás veces realiza intervencións, pero fai sobre todo avaliación». Por eso los padres separados piden que se apoyen los instrumentos de mediación, tanto la extrajudicial previa como la intrajudicial.
Junto a ese refuerzo de las vías de mediación, en el ámbito judicial proponen dos medidas que, a su entender, contribuirían a aliviar la situación: «Hai que tender a que haxa xulgados de familia en todas as xurisdicións e a unha maior especialización dos fiscais», dice Abel Lamas. Algunas de estas medidas se han incluido en la iniciativa legislativa popular sobre la custodia compartida que está promoviendo la Asociación de Pais e Nais Separados a través de una recogida de firmas.
El caso que ha devuelto este tema a la actualidad se cerró finalmente con un acuerdo entre la acusación y la defensa por el que la procesada reconoce ser autora de un delito de abandono de familia y acepta por ello una multa de mil euros, además de asumir las costas judiciales. Su exmarido recurrió hasta tres veces a los juzgados para conseguir las visitas semanales que estipulaba la sentencia de divorcio, que se produjo cuando los dos hijos de la pareja tenían solo unos meses. La mujer devolvía todos los meses la pensión alimenticia que les correspondía a los niños y llegó a cambiar varias veces de domicilio para no cumplir con las visitas de sus hijos a las que tenía derecho su exmarido en un punto de encuentro.

 

viernes, 17 de marzo de 2017

La Voz de Galicia

«Nunca me rechazaron un mensaje de wasap en un procedimiento»

El abogado Gautier de la Serna Lema asegura que el uso de mensajes de texto como pruebas es una práctica habitual

Gautier de la Serna Lema es abogado desde el 2008. Es socio del bufete carballés De la Serna & Calviño. Aunque lleva todo tipo de litigios, en los últimos años se ha especializado en los relacionados con el urbanismo, las sucesiones y lo penal.
El letrado aseguró que el uso de mensajes de texto como parte de una prueba pericial es una práctica habitual desde que salieron al mercado. «Con respecto a la aplicación WhatsApp, en nuestro despacho la utilizamos como prueba o indicio desde el mismo momento que salió. No es algo de ahora. Es muy habitual utilizar este tipo de mensajería». Y añadió: «Nunca me han rechazado un mensaje de wasap en un juicio y le puedo decir que he llevado ya unos cuantos». Recordó que antes de que apareciera esta herramienta, los abogados, los fiscales y los jueces trabajaban con los SMS o los correos electrónicos como base para culpar o exonerar a alguien de un delito.
Para Gautier de la Serna, aunque se trate de algo relacionado con las redes sociales, los wasaps tienen toda la validez jurídica: «Hay una persona que lo escribe y lo manda y otra que lo recibe. Hay una fecha y hora de envío y otra fecha y hora de recepción en el móvil».
Para que un mensaje de estas características tenga el aval legal, Gautier de la Serna explicó: «Lo primero es confirmar que el que envió ese mensaje de WhatsApp, el que sea, se corresponde con la persona que ha sido denunciada o demandada y que este mensaje no ha sido manipulado en ningún momento. Eso es fácil de saber a través de una prueba pericial. Una vez corroborados todos estos datos, el juez o el magistrado lo incluye como prueba en un juicio». Gautier de la Serna recordó que existe la posibilidad de crear un correo electrónico con todas las conversaciones incluidas en uno o varios wasaps, por lo que, a su juicio, esta modalidad de mensajería «tiene toda la validez jurídica».
Jurisprudencia
El letrado dijo que ya hay jurisprudencia en el uso de mensajes: «En la base de datos figuran, a bote pronto, 121 sentencias del Tribunal Supremo, 11 de la Audiencia Nacional, 245 de tribunales superiores de justicia, 2.305 de diferentes procedimientos, 40 de juzgados y tres de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, entre otros».
Con estas cifras, De la serna cree que este tipo de mensajes de redes sociales están más que arraigados y, por tanto, recomienda a aquellas personas que quieran justificar y avalar ante un tribunal su denuncia, demanda o querella que guarden todos los archivos, porque los jueces les dan validez, «seguro».
El letrado dijo que esta modalidad de mensajería es muy empleada en todo tipo de causas, excepto en los contencioso-administrativos: «Un mensaje de wasap puede valer en un litigio por un presunto impago de alquiler o una denuncia por malos tratos. Pero, evidentemente, no son de uso normal cuando pleiteas con la Administración, porque ahí no se emplean wasaps, más bien correos electrónicos».

 

La Voz de Galicia

La falta de especialistas y medios lastra la investigación judicial

Los juzgados de Pontevedra carecen de wifi. Jueces y fiscales piden informáticos dedicados a la investigación en los juzgados

La informática y la telefonía móvil surgen como escenario de delito, elemento de prueba o herramienta clave en infinidad de casos que llegan a diario a los juzgados gallegos. Pero esa realidad no es acompañada al mismo ritmo por la Administración de Justicia para facilitar el trabajo de sus integrantes y la investigación judicial.
«É un campo que debería ter en conta a Xunta e dotar os xulgados dun corpo de informáticos que non só fagan as veces de soporte técnico dos funcionarios e xuíces no seu traballo cotiá, porque cada vez é máis complexo o traballo xudicial que se xera arredor de casos nos que a informática e as comunicacións teñen un papel protagonista», considera el juez pontevedrés Xermán Varela.
Desde su puesto de representante del colectivo de Jueces para la Democracia en Galicia, Varela estima que es urgente que los magistrados cuenten con expertos en la plantilla de los juzgados para evitar demoras interminables en la resolución de peritajes técnicos que impiden resolver en ciertos casos con agilidad las distintas fases de la instrucción.
Varela apunta el caso de los Mossos d'Esquadra para ilustrar que los agentes de la policía autonómica catalana cuentan con una aplicación específica que les permite descargar los archivos de los teléfonos móviles y ordenarlos de manera automática para su entrega al juez en función del tipo de contenido y fechas de creación, herramienta que señala no hay en Galicia y facilitaría la gestión de pruebas.
«A Xunta debería desenvolver unha aplicación con licenza propia que, ademais de que se lle poda dar rendibilidade económica, podería crear ao mesmo tempo un nicho de traballo importante», añade, para concluir que sin embargo no ve en estos momentos esa apuesta por la modernización de la Justicia. Y lo explica con un ejemplo. «O edificio dos xulgados de Pontevedra non teñen wifi, e cando vén xente a entregar arquivos que pesen moito temos que ir a unha cafetería de enfronte e utilizar a súa rede se o interesado non ten marxe de datos suficiente na súa conta», asegura.
A juicio de Xermán Varela, la Xunta, Administración competente en la dotación de edificios judiciales en la comunidad y también en la organización de su personal, debería tener un plan general de acción informática, donde además de la gestión de la infraestructura interna se desarrollasen sistemas y equipos específicos para ser usados en la investigación judicial.
«La policía no da abasto, porque en casi todos los casos ya hay cuestiones informáticas entrelazadas», mantiene por su parte el fiscal especial de delitos informáticos de A Coruña, Luis Vázquez, que estima que aunque en la mayor parte de los casos los wasaps que llegan a los juzgados son enviados entre particulares sin especialización informática, detrás de los asuntos más complicados suele haber expertos que requieren de la intervención de técnicos específicos.

 

La Voz de Galicia


El WhatsApp empieza a dictar sentencias

Decenas de juicios se resuelven al año en Galicia según los mensajes aportados como prueba

Madre e hija se intercambiaron decenas de mensajes de WhatsApp retransmitiendo los pasos previos y posteriores al asesinato del amante de ambas. El rastro telefónico dejado en la comunicación de sus intenciones y sus ubicaciones a través de la red de mensajería rápida fue determinante para que las dos y sus cómplices fuesen condenados por el crimen de la coruñesa plaza de la Cubela. Los wasaps las condenaron, y como a ellas cada vez a más acusados y denunciados en Galicia por los mensajes, imágenes y archivos de audio transmitidos por la red de mensajería rápida u otras similares, como Telegram o Messenger.
Funcionarios de Justicia de la comunidad recomiendan no borrar los mensajes que puedan ser presentados como prueba en un litigio, porque dichas comunicaciones tienen una importancia claramente al alza a la hora de inclinar el fallo judicial. «Cada vez serven máis como elemento probatorio, porque cada vez a xente as emprega máis», apunta Xermán Varela, titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Pontevedra y portavoz de Jueces para la Democracia en Galicia. La verificación de que no hay indicio de manipulación de los mensajes es el paso clave para la admisión de los mensajes como prueba. Pero no hay ninguna sentencia del Tribunal Supremo que establezca jurisprudencia de cómo debe de ser la recogida o volcado de los mensajes o cómo debe formarse la cadena de custodia de estos una vez presentada una denuncia o los archivos son adjuntados como prueba, recuerda el fiscal especial de delitos informáticos de A Coruña, Luis Vázquez.
En manos de expertos
«La policía y la Guardia Civil tienen medios para extraer los mensajes de un teléfono móvil y probar que la hora y fecha de ellos son correctas y no han sido manipuladas», señala el fiscal especializado en materia informática, que añade que siempre que hay un mensaje recibido hay también un emisor al que se le puede requerir judicialmente su teléfono para comprobar la veracidad de la prueba.
«Podo validar ou non mensaxes de WhatsApp como proba dependendo das circunstancias de cómo se entreguen, se se fan con ou sen teléfono, ou con as mensaxes impresas», explica el juez Varela, que indica que los magistrados toman más precauciones cuanto más se complican los casos a los que hacen frente. «Por iso temos que aplicar unha sa crítica, porque as supostas probas poden non ser veraces de todo», señala aludiendo a borrados parciales o manipulación del teléfono por un tercero.
No hay derecho a la intimidad que ampare al emisor de un mensaje que pueda ser tenido en cuenta como prueba judicial o que constituya en sí mismo un hecho punible. «O emisor cede ese dereito ao receptor cando se establece a comunicación», advierte Xermán Varela para añadir que el destinatario del wasap, correo o grabación puede hacerlos públicos sin que existan restricciones legales que lo impidan.
Eso sí, aunque el peso y la presencia de las pruebas que dejan las redes de mensajería son cada vez mayores, ni el juez ni el fiscal especial consideran que haya que legislar respecto a la utilización de wasaps o mensajes similares. «Os wasaps son as cartas, os correos e os SMS de antes», señala el magistrado, mientras que el representante del Ministerio Fiscal considera que «no puede haber ley que se adapte a todas las novedades informáticas».

Asuntos laborales y familiares
La abogada coruñesa Loli Rodríguez Amoroso aguarda en estos días el fallo de un caso cuya defensa está asentada básicamente en el intercambio de mensajes entre los dos miembros de una expareja. La denuncia de que un padre no se ocupaba de su hija ha sido contrarrestada con numerosos mensajes de WhatsApp en los que los dos progenitores se ponían de acuerdo sobre la hora de recogida de la niña en el colegio, quién la llevaba a actividades extraescolares, consultas sobre los regalos de cumpleaños y otras circunstancias de la vida cotidiana de la pequeña.
«Lo recomendable es llevar el teléfono a un notario y que dé fe de que los mensajes que contiene el móvil son los que se imprimen para llevar al juzgado como prueba», señala la abogada, que añade que esa misma certificación puede realizarla directamente la letrada de la Administración de Justicia.
«En el caso del que esperamos el fallo los wasaps van a ser determinantes», augura Rodríguez Amoroso, que apunta que en los asuntos judiciales de familia y en los laborales cada vez surgen más pruebas basadas en mensajes telefónicos. En ellos se deja constancia sobre todo de la existencia de relaciones laborales de trabajadores con empresas que no les dan de alta y sin embargo reciben órdenes concretas a través del móvil, como también de cesión ilegal de trabajadores entre firmas con constancia escrita también de esa vinculación fraudulenta, o de incumplimientos en la comunicación de despidos que no son notificados en tiempo y forma legales aduciendo no tener forma de contactar con el afectado, y acumular sin embargo este en su móvil infinidad de mensajes de la empresa.
Amoroso y Asociados estima que en el último año ya han utilizado wasaps como pruebas en al menos tres casos de asuntos de familia y en entre 15 y 20 ocasiones en temas laborales. «Nunca tuvimos ningún problema en la presentación de los mensajes y tampoco se falló en contra declarándolos no válidos», indica la titular del despacho, que añade además al WhatsApp como fuente probatoria muy determinante en asuntos de violencia machista y acoso.
Carga de la prueba
El abogado lucense Julio Castro Lamas, que ha intervenido en numerosos casos en los que los mensajes en redes sociales tuvieron también relevancia de primer orden, advierte en todo caso que en una sentencia del 2015 el Tribunal Supremo determinó que si las conversaciones se ponen en duda cuando se aportan archivos impresos, se desplaza la carga de la prueba a quien pretende aprovechar su idoneidad probatoria. Castro señala que, por ese motivo, se considera indispensable realizar una prueba pericial para identificar el verdadero origen de esa comunicación, la identidad de sus interlocutores y la integridad de sus contenidos, lo que afecta también a los wasaps, informa desde la delegación de La Voz en Lugo Enrique G. Souto.
El mismo letrado lucense señala que, con frecuencia, quien profiere amenazas por este medio no cuida lo que dice porque se produce en el transcurso de una conversación que va derivando y evolucionando de manera rápida.

Los narcos usaban la Blackberry porque encriptaba los SMS, como WhatsApp ahora

La encriptación que WhatsApp decidió aplicar desde el año pasado a los mensajes que envían sus abonados ha dificultado el pinchazo de un teléfono móvil que la Policía Judicial pudiese llevar a cabo. «Hasta hace poco WhatsApp era una de las aplicaciones de mensajería menos seguras porque se podía introducir en ella y manipular la conversación si se disponía de los conocimientos suficientes», recuerda el fiscal especial de delitos informáticos de A Coruña, Luis Vázquez. Esa laguna ha sido mejorada al cifrar en origen y destino los wasaps, «pero se puede manipular todo. Hacerlo con determinados correos electrónicos es de lo más sencillo», añade, al tiempo que recuerda que los narcotraficantes preferían hace años como teléfono móvil los de la marca Blackberry, ya que enviaba los SMS encriptados.
La técnica complica por una parte la investigación de las comunicaciones, pero por otra la allana con herramientas como las que hacen copias de seguridad de los móviles o facultan guardados automáticos, como Google+ o Dropbox. La Policía Judicial puede extraerlas también en caso de que se ponga el móvil en sus manos, aunque, eso sí, el titular se quedará sin el aparato una temporada.
Vázquez añade como dificultad añadida en la verificación de wasaps el hecho de que la empresa de mensajería almacena durante un período de tiempo corto los datos que generan sus abonados. «A Facebook se le puede oficiar para que mande determinadas páginas, a Whatsapp no, porque no las guarda». La Ley de Procedimiento Criminal obliga a los operadores de telefonía a guardar datos del tráfico generado, localización de IP y los archivos, pero la empresa de mensajería no se siente vinculada por esa norma y declina en las de telefonía esa responsabilidad. La pugna entre ambos sectores tecnológicos es encarnizada y se dilucida ya en el ámbito comunitario, porque quien almacena debe emplear muchos recursos técnicos y económicos en dicha operación.

 

martes, 7 de marzo de 2017

Faro de Vigo

La comarca registró más de medio millar de rupturas matrimoniales en 2016, un 13% menos

Son mayoría las disoluciones que se realizan por consenso entre los cónyuges, aunque los problemas llegan a la hora de establecer las medidas de guardia y custodia de los menores

Los juzgados de la comarca registraron el pasado año un total de 535 rupturas matrimoniales, lo que supone un descenso de un 13,2% con respecto al ejercicio anterior, cuando se contabilizaron 617 en los partidos judiciales de Pontevedra, Marín y Caldas. Las demandas de separación o divorcio cayeron de forma importante en la comarca, dado que el descenso en la media gallega fue inferior, de un 9,7%.
Los pontevedreses, por lo tanto, sufrieron menos rupturas matrimoniales de media que el resto de Galicia y además en su mayor parte (un 55%) fueron separaciones consensuadas entre los cónyuges. Así, del total de divorcios y separaciones, 294 fueron con acuerdo entre las partes mientras que en 241 fue precisa la intervención judicial para determinar las medidas que rigieron la disolución matrimonial.
También cabe destacar que sigue siendo mayoría los divorcios (un total de 499) frente a las separaciones (las 36 restantes) y que Marín fue la localidad en la que el descenso de las disoluciones matrimoniales fue mayor de los tres partidos judiciales de la comarca (un 23%). En Caldas el descenso fue de un 9% y en Pontevedra de un 6,4%. En Marín y Pontevedra los divorcios descienden por segundo año consecutivo.
Sin embargo, como dato curioso también cabe destacar que los divorcios consensuados son los mayoría en la ciudad del Lérez, con 184 frente a 133, mientras que en los partidos judiciales de Marín y Caldas son mayoría las rupturas conflictivas.
Normalmente el principal problema a la hora de llegar a un acuerdo matrimonial tiene que ver con la guardia de los niños y esto se deja ver también en las demandas que se presentan en los juzgados por la custodia de los menores que nacen en parejas que no son matrimonio. En este caso, la mayoría siguen siendo demandas que resuelve el juzgado al no haber acuerdo entre las partes. Se presentaron 169 el pasado año en los tres partidos judiciales y de todas ellas casi un 63% acabaron sin consenso y dictando una resolución el juez.
Lo mismo ocurre cuando se trata de modificar las medidas establecidas por un juez inicialmente en el divorcio y que alguna de las partes puede pedir que se cambien en el caso de que se produzca alguna situación novedosa en relación a los dos miembros de la pareja (que uno de ellos, por ejemplo, pierda su empleo) en este caso, el año pasado se tramitaron 202 solicitud de modificación de medidas y en 8 de cada diez no hubo acuerdo y tuvo que resolver el juzgado.
Mediación
Cabe recordar que Pontevedra cuenta con un servicio de mediación intrajudicial en la ciudad que permite a los cónyuges alcanzar acuerdos que eviten que el durotrance de la ruptura matrimonial sea todavía más traumático. Los expertos recomiendan siempre una separación consensuada, sobre todo por el bien de los menores que puedan estar a cargo del matrimonio.
Se trata de un proceso en el que ambas partes deben consentir participar de forma voluntaria y las estadísticas de los servicios de mediación señalan que hasta un 50% de las familias que recurren a la mediación acaban con un acuerdo.

viernes, 3 de marzo de 2017

El Confidencial

Mi ex se ha quedado con la casa y la hipoteca, ¿cómo puedo dejar de figurar en la misma?

La sentencia de divorcio adjudicó a mi ex mujer la vivienda familiar con todos sus cargos, incluida la hipoteca. El problema es que yo figuro también en la misma

La sentencia de divorcio adjudicó a mi ex mujer la vivienda familiar con todos sus cargos, incluida la hipoteca. El problema es que yo figuro también en la misma. ¿Hay alguna forma de liberarme de esta hipoteca?
En caso de divorcio judicial, como ocurre en su caso, el hecho de que uno de los cónyuges se adjudique el 100% de la vivienda y se comprometa, en este caso ante el juez, al pago de la totalidad del préstamo hipotecario, no exime al otro miembro de la pareja de su obligación de cara al banco. En su situación, si su ex mujer incumpliera en el pago, la entidad financiera podría ir contra sus bienes presentes y futuros.
Por lo tanto, lo más recomendable, una vez hayan quedado inscritos los efectos de esta sentencia, tanto en el Registro Civil como en el Registro de la Propiedad correspondiente, es que lleve a cabo el cambio de titularidad del préstamo hipotecario, pues el simple hecho que uno de los miembros de la pareja se quede con la titularidad de la casa, no implica la titularidad en exclusiva de la hipoteca.
Para ello, ambos cónyuges titulares del préstamo deben realizar una negociación con el propio banco para que se produzca dicho cambio. Desde el punto vista jurídico las dos figuras recomendables para dicha alteración son: la novación o la cancelación del préstamo hipotecario, constituyendo uno nuevo a nombre exclusivamente de su ex mujer, y siempre y cuando el banco acepte dicho cambio, pues para ello se les puede exigir alguna de las siguientes garantías:
1.- Un nuevo titular.
2.- Aumentar el tipo de interés.
3.- Un nuevo aval.
Esto ocurre porque en algunos casos es posible que el banco no acepte el cambio de dos titulares a uno solo, entendiendo que el nuevo titular puede no ser lo suficientemente viable económicamente.
En caso de que el banco no acepte el cambio de los titulares, usted, que por sentencia judicial ha cedido su parte de la vivienda, deberá seguir afrontando el pago de la hipoteca.

 

martes, 28 de febrero de 2017

La Voz de Galiica

El número de madres solteras por elección, en crecimiento en Vigo

Según IVI, la cifra se ha triplicado en Galicia en los últimos cinco años

El número de mujeres que deseaban ser madres solteras usando esperma de donante se triplicó en los últimos cinco años en Galicia, según ha informado la clínica de reproducción asistida IVI Vigo, que ha concretado que la mayoría de ellas son mujeres residentes en la ciudad olívica y con edad media de 38 años.
En concreto, la clínica cifra el incremento en un 234 por ciento desde 2012, periodo en que la media de edad «no ha variado significativamente». «Cuando la mujer siente la amenaza del reloj biológico, sobre los 40 años, y quiere ser madre pero no tiene pareja, es el momento en el que se plantea la maternidad en solitario», explica el director de IVI Vigo, Elkin Muñoz.
En este contexto, la clínica ha recordado que un estudio que elaboró junto a la Universidad de Sevilla concluía que las mujeres que quieren ser madres solteras tienen «alta autoestima, una destacable satisfacción vital y, en general, un buen equilibrio emocional».
«Podemos decir que estas mujeres están siendo pioneras, mostrando a la sociedad una nueva forma de entender la familia y la crianza. Sin duda, están rompiendo barreras», ha remarcado la responsable de la unidad de apoyo emocional de IVI Vigo, la doctora Ana Izquierdo.
En este ámbito, IVI Vigo y la Asociación Madres Solteras por Elección han organizado para este martes una charla gratuita --bajo inscripción-- dirigida a madres solteras o mujeres que valoren serlo, para abordar con ellas los aspectos relacionados con este modelo de maternidad y crianza.

 

lunes, 20 de febrero de 2017

ABC

¿Me sale rentable el divorcio?

Lo que debes saber para cuando llega «la primera reunión con el abogado» 

La decisión de divorciarse o separarse de nuestra pareja es dura. Romper con la vida que se había llevado hasta ese momento, rehacer tu vida, empezar de nuevo... Y, ¿qué hacer con el bagaje de lo vivido hasta ese momento? Pero, una vez dado ese primer paso, llega el momento de asesorarnos profesionalmente, y con ello, la inquietante primera reunión con «el abogado».
Lo primero que debe entender una persona cuando va a iniciar los trámites de divorcio, explica Marta Macho, abogada del despacho especializada en Derecho de Familia, «y cuando hablo de divorcio me refiero también a separación o medidas paternofiliales, es que el dinero importa, y mucho. Inevitablemente, las penas, cuando se cuenta con solvencia económica, son menos penas, hecho constatado hasta la saciedad por los profesionales del derecho».
«Comencemos por una frase típica, -usada recurrentemente por los abogados de familia pero no por ello menos cierta- que reza: «con lo que antes vivía una familia, ahora tienen que vivir dos». Una verdad indiscutible», añade Macho.

Dos —o tres— viviendas

«Por el hecho de romperse una familia no aumentan los ingresos, pero sí los gastos», recuerda esta letrada. De esta forma, prosigue, «la pareja -constituida en torno a un domicilio- habrá de pasar a mantener dos viviendas, la del padre y la de la madre, e incluso a veces hasta tres viviendas (en aquellos casos de custodia compartida en que la madre y el padre residen fuera del domicilio familiar y son los hijos los que permanecen en el mismo, entrando y saliendo cada progenitor en cada periodo de custodia)».
«Piénsese que el progenitor no custodio saldrá, con toda probabilidad, del que hasta ese momento ha constituido el domicilio familiar, en el cual permanecerán los hijos junto con el progenitor custodio. Lo más probable es que sobre dicha vivienda esté constituido un préstamo hipotecario, del cual seguramente ambos serán titulares, y por lo tanto, sea quien sea quien resida en la vivienda, deberán abonar ambos dicha hipoteca en la proporción en que sean deudores», puntualiza Macho.

Pensión de alimentos

Por otra parte, recuerda esta abogada, «el progenitor no custodio deberá abonar además una suma mensual en concepto de pensión de alimentos a favor de sus hijos. Quizá deba pagar también una pensión compensatoria a su ex cónyuge. Todo eso sin contar con sus propios gastos».

Modificación de las medidas

También existe la posibilidad, advierte la experta de ABA Abogadas, «de que las medidas dictadas en el momento del divorcio sean modificadas en un ulterior procedimiento, llamado de modificación de medidas, el cual para ser viable debe reunir un requisito fundamental que el propio nombre del procedimiento judicial ya intuye: que exista una modificación sustancial de las circunstancias que se tuvieron en cuenta para dictar las medidas cuya alteración se pretende».

Conclusión

«Insistimos en una evidencia fruto de la experiencia de años de tribunales. Por muy perentoria que se sienta la necesidad del divorcio hay que echar números. No tanto para volverse atrás sino para plantear el proceso de divorcio -ya sea de mutuo acuerdo o contencioso- atendiendo a todas las circunstancias. Cuando se han meditado las consecuencias económicas cabe plantear el proceso de divorcio de la forma menos gravosa para los cónyuges», apunta.
«Y aunque la sentencia que regula las medidas derivadas de dicho procedimiento no es inamovible, sí suele tener una considerable duración en el tiempo; un proceso de modificación de medidas no resultaría viable apenas transcurridos unos meses desde la sentencia de divorcio, sin tiempo para que se hubieran producido cambios en las circunstancias familiares que pudieran amparar la pretendida modificación», concluye Macho.


jueves, 16 de febrero de 2017

Faro de Vigo

"Señor juez, quiero vivir con mi padre"

La Audiencia de Pontevedra otorga a un hombre la custodia de su hija al ser "el deseo personal" de la adolescente -Son excepcionales, pero en los juzgados vigueses hubo sentencias similares

"No puede pedirse al Derecho que resuelva el problema de los afectos". Ésta es la frase que utilizan los magistrados de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Pontevedra como colofón a su argumentación sobre los motivos que les han llevado a revocar una sentencia dictada por un juzgado de Primera Instancia e Instrucción del área de Vigo referente a la guarda y custodia de una menor de 16 años. Frente al criterio del primer fallo, la sala otorga la custodia al padre por ser éste el "deseo personal" de la adolescente. El tribunal adopta este criterio atendiendo a que la chica ya tiene una edad por la que cuenta con "capacidad natural e intelectual suficiente para tomar decisiones libres" y por el "rechazo o aversión" que muestra a la "convivencia diaria" con su madre. Aunque lo ideal es "preservar" el vínculo afectivo y la relación de un hijo con ambos progenitores, señalan, en este caso estiman que "la imposición coactiva de contactos no deseados" sería "contraproducente" y, además, podría afectar a la "estabilidad emocional" y la "salud psíquica" de la menor. Lo único que resta, concluyen, es "respetar su voluntad".
Esta reciente sentencia de la Audiencia pontevedresa se centra de forma directa en una delicada cuestión. ¿A partir de qué edad puede escoger un menor, o al menos expresar su voluntad ante el juez, en relación con cuál de sus progenitores quiere vivir? ¿Qué peso tiene el deseo del hijo en la decisión que plasmará el magistrado en sentencia? "Si el procedimiento [de separación o divorcio] fuere contencioso y se estime necesario de oficio o a petición del fiscal, partes o miembros del equipo técnico judicial o del propio menor, se oirá a los hijos menores o incapacitados si tuviesen suficiente juicio y, en todo caso, a los mayores de doce años", reza el artículo 770.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil al respecto. "El criterio legal es que el menor debe ser oído, pero lo que éste exponga no es vinculante", explica Isabel Olcina, abogada viguesa especializada en litigios matrimoniales.
Otros factores

La letrada explica que, junto a lo que dice el menor, a la hora de adoptar una resolución los magistrados valoran otra serie de factores que pueden ser claves. "Si el juez ve que con el cambio de custodia que plantea el hijo se puede ver alterada su vida no suele modificar ese régimen, salvo que haya una problemática grave de fondo que lo aconseje", afirma la jurista, que señala que el peso del deseo expuesto por un adolescente también depende de su edad. "No es lo mismo un niño de 13 años que uno de 16 o 17, que ya tiene un grado de madurez mayor", refiere. También hay que valorar que lo expuesto por el niño responda a una "voluntad autónoma" y no sea fruto de "caprichos" o "influencias" externas.
Casos como los que se recogen en la sentencia de la Audiencia pontevedresa, en la que la voluntad del adolescente es lo que resulta determinante a la hora de conceder el cambio de custodia, no son muy habituales. Pero en los tribunales de Familia de Vigo ya hubo resoluciones similares, además de varios asuntos en la actualidad en trámite. Una de las sentencias de la urbe olívica es referente a dos hermanos: uno no había alcanzado aún los 10 años y otro rondaba los 12. Atendiendo a lo que manifestaron, junto a otros factores, finalmente en el fallo se respetó la voluntad de ambos niños.
También hubo fallos con el criterio contrario. Como una chica de 16 años que, según fuentes próximas al caso, expresó "claramente" que quería irse con su padre. Valorado en su conjunto el caso, el tribunal concluyó que debía permanecer con la madre.
 

miércoles, 8 de febrero de 2017

Las Voz de Galicia

Las anulaciones de bodas religiosas se disparan

El cambio de tendencia en la diócesis de Tui-Vigo coincide con el primer año de la reforma del papa Francisco que incluye casos de gratuidad y agilidad en el trámite

Hacía casi una década que las anulaciones de bodas religiosas no experimentaban un ascenso como el que ha tenido en el 2016. En este año la diócesis de Tui-Vigo resolvió veintiuna nulidades, casi el doble que en el 2015. Fuentes del Tribunal Eclesiástico relacionan el incremento con el motu proprio del papa Francisco para abreviar los procesos y tramitarlos de forma gratuita. «Las personas que tienen dinero pagan y cuando justifican que no lo tienen, abonan la mitad o nada, dependiendo de los ingresos», indican las mismas fuentes.
La puesta en marcha del nuevo procedimiento hace poco más de un año provocó un aluvión de consultas, muchas de las cuales se quedaron en eso. Del centenar de personas que se interesaron por la tramitación en el 2015, solo una docena se animó a llevar adelante la anulación matrimonial, la segunda cifra más baja de la década.
En principio, muchos ciudadanos interpretaron la decisión del papa como café para todos y pensaron que no tendrían que aportar un euro por la gestión.
El presidente del Tribunal Eclesiástico de la diócesis de Tui-Vigo, Juan Carlos Sendón, aclaró, que tal como había matizado con posterioridad el papa Francisco, las parejas que disponen de medios pagan los 1.500 euros que cuesta el procedimiento en Vigo para compensar con aquellas que no pueden. La aportación varía en función de cada diócesis.
En principio, el papa pretendía que el coste gravitara en la Conferencia Episcopal o el obispado. En el caso del Tribunal Eclesiástico de Tui-Vigo, si lo gestionaba gratis para todo el mundo, se veía en la tesitura de tener que afrontar por su cuenta los gastos de material, oficinas, abogado, psicólogo y psiquiatra, aunque fuera con una retribución mínima.
Una de las cifras más altas de anulaciones se registró en 1999, cuando se tramitaron 56. Por el contrario, la más baja tuvo lugar en el 2013, con solo 11.
Desde el 2010 las nulidades fueron cayendo en picado, tal vez como consecuencia de la crisis económica. El presidente del Tribunal Eclesiástico lo achaca también al menor número de bodas al optar muchas parejas por vivir juntos sin casarse, como demuestra el descenso también de los matrimonios civiles.
Otra de las razones, dice, puede estar en la fe, al alejarse la gente cada vez más de la religión y no darle importancia a la situación moral. «Hay tantas rupturas y parejas de hecho que parece normal y habitual», destacaba Juan Carlos Sendón a propósito de la evolución.

La causa más frecuente es la incapacidad para asumir las obligaciones

Las causas que pueden llevar a la nulidad matrimonial son múltiples, pero hay unas que se repiten con mucha más frecuencia.


Inmadurez. La mayoría de las demandas tienen su origen en la inmadurez o dependencia psicológica de uno de los cónyuges de otra persona como el padre, la madre o un amigo. También es frecuente la incapacidad para asumir obligaciones
 
Simulación. Se casan sin asumir aspectos tan importantes como la indisolubilidad.
 
Brevedad. La brevedad en la convivencia conyugal es un motivo que puede ser tramitado por la vía breve.
 
Aborto. El aborto para impedir la procreación también figura en la lista de causas. Hay parejas que se casan con la idea de no tener hijos y se lo ocultan a la otra parte.
 
Infidelidad. Aunque la infidelidad en sí mima no es motivo de nulidad, si lo es la existencia de una relación extraconyugal en la época de la boda o inmediatamente posterior, la promiscuidad o conducta libertina.
 Es suficiente con que una de las partes presente la demanda en el tribunal
Para solicitar la nulidad matrimonial a la Iglesia hay que acudir al tribunal eclesiástico de la diócesis donde se celebró la boda. En el caso de Tui-Vigo, se encuentra en la sede del obispado en A Guía. Un experto en derecho canónico hace una valoración inicial sobre la viabilidad del proceso. Es suficiente con que una de las partes presente la demanda, aunque la otra no esté de acuerdo. Si no hay recurso de alguna de las partes, no es necesario recurrir a un segundo tribunal, como sucedía antes. El obispo es juez único en los casos más claros. Tarda un año y prosperan el 90 % de solicitudes.

 

martes, 7 de febrero de 2017

El Pais

Cataluña registra dos divorcios por cada tres bodas

La comunidad tiene la tasa de separaciones más alta de España

 
Por cada boda y media, Cataluña registra un divorcio. En 2015, la comunidad celebró 26.873 enlaces y certificó 18.898 rupturas matrimoniales entre nulidades, divorcios y separaciones. El fin de la crisis vuelve a animar a las parejas mal avenidas a enfrentar los trámites y las consecuencias económicas de una separación. Cataluña tiene una tasa de separaciones de 2,6 por cada 1.000 habitantes, la más alta de España, con una media de 2,2.
“Cataluña tiene una sociedad más laica, donde hay menos influencia de la iglesia católica. Además, que el régimen matrimonial sea de separación de bienes, hace que las parejas puedan actuar de forma más individual y que disolver el matrimonio dé menos miedo”, justifica María Ángeles Félix, catedrática de derecho eclesiástico del Estado en la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona. De las 101.357 rupturas matrimoniales que se registraron en España en 2015, según el Instituto Nacional de Estadística (INE), 18.898 se dictaron en Cataluña.
La docente, que también es miembro de Tribunal Eclesiástico de Barcelona, asegura que el fin de la crisis ha influido en el repunte de las separaciones. En 2013, en plena recesión, se notificaron 18.584 rupturas, la cifra más baja de la última década.
Aunque el número de nulidades eclesiásticas sigue siendo anecdótico en el conjunto de rupturas, las sentencias favorables de los tribunales eclesiásticos se han casi duplicado en un año, de 33 a 52. “En un contexto de crisis, una pareja con una crisis conyugal busca el primer remedio, que es el divorcio. Y si lo tienen, no tienen prisa por pedir la nulidad porque supone otro gasto. Por eso cuando se sale de la crisis, hay un auge de nulidades", señala Félix. Además, los criterios para conceder nulidades se han flexibilizado.
 

El Pais

El Supremo rechaza el recurso de una madre con hija dependiente a usar la vivienda familiar

El tribunal no ve equiparable la protección que necesita un hijo menor de edad a la de uno mayor de edad con discapacidad

 
El Tribunal Supremo ha desestimado el caso planteado por una madre, que vive con su hija mayor de edad y dependiente en el domicilio del padre. La mujer pedía seguir haciendo uso del inmueble por tiempo ilimitado, pero la sentencia le da la razón al padre y afirma que no es equiparable la protección y asistencia que necesita un hijo menor de edad a la que requiere uno mayor de edad con discapacidad. Es la primera vez que el Supremo se pronuncia sobre el uso y disfrute de la vivienda familiar en caso de separación o divorcio.
La mujer, siguiendo la misma línea argumental por la que el progenitor sí está obligado a pasar una pensión alimenticia, había presentado un recurso de casación en el que solicitaba que su hija se considerase como menor al tener una discapacidad —esquizofrenia— y, en consecuencia, también pedía el uso indefinido de la casa. La Audiencia Provincial de Valencia, al igual que el juzgado de instancia, había atribuido anteriormente por un período de tres años, que finaliza ahora, el disfrute de la casa para la progenitora.
El Supremo no ve posible la permanencia de la mujer en el domicilio, ya que al ser la vivienda propiedad del padre, negarle su uso por tiempo ilimitado "vaciaría de contenido económico el derecho de propiedad o lo reduciría notablemente". Y corrige que la sentencia a la que hacía referencia la recurrente para defender su alegato es relativa a la de un hijo con patria potestad rehabilitada en favor de su madre, mientras que en este caso la discapacidad de la hija que convive en el domicilio familiar "no ha sido reconocida judicialmente".
Según dice el tribunal, la atención hacia las personas mayores con discapacidad depende de "su estado y grado, físico, mental, intelectual o sensorial, del acierto en la adopción de los apoyos en la toma de decisiones y de la elección de la persona o institución encargada de hacerlo, entre otras cosas". También, el respeto a su derecho de vivir de forma independiente y de tener control sobre su vida diaria "siempre que sea posible". Por tanto, asegura que la toma de decisiones derivadas del divorcio de los padres sea asumida por la hija y no por su madre.
 

miércoles, 1 de febrero de 2017

ABC

Feijóo se posiciona a favor del «vientre de alquiler» y la custodia compartida

Afirma que «no son debates menores» y que «la ética a lo largo de los siglos se va ajustando»

El presidente de la Xunta de Galicia y líder del PP gallego, Alberto Núñez Feijóo, se ha posicionado este lunes a favor de la regulación de la gestación subrogada y la custodia compartida, dos asuntos que serán sometidos a debate en el congreso nacional de su partido y que ha abierto heridas internas entre los sectores más conservadores.
En un almuerzo-coloquio organizado por el Club Siglo XXI en Madrid, Feijoo ha asegurado que estos «no son temas menores» y, de hecho, los ha ligado directamente al «problema estructural» de la natalidad en España. Esta cuestión es el eje central de la ponencia social que ha coordinado el vicesecretario Javier Maroto. 

Aunque ha reconocido que suscita posiciones muy encontradas en su partido por la cuestión «ética», el líder del PP gallego se ha posicionado a favor de la «evolución» ideológica del partido, que en todo caso definirá su ideario en un «congreso abierto». Organizaciones territoriales como Madrid y Valencia, con Cristina Cifuentes e Isabel Bonig a la cabeza, se muestran partidarias de la regulación de ambas cuestiones.
«Es un tema importante. Hay mucha gente a la que le gustaría tener hijos y no puede. Es verdad que estamos al borde de planteamientos éticos pero la ética a lo largo de los siglos se va a ajustando. Y los planteamientos éticos del siglo XVIII no son los del siglo XXI. A una pareja que quiere tener hijos se le debe respetar», ha asegurado.
Feijóo, que ha reconocido que él mismo está recabando la opinión de los compromisarios gallegos, ha recordado que está a la espera del nacimiento de su primer hijo. «Si no me dejara ver a mi hijo me voy a enfadar», ha dicho en defensa del principio de igualdad en la custodia de los descendientes.




La Voz de Galicia

La ley gallega de custodia compartida coge impulso tras el apoyo de Feijoo

La entidad que promueve la ILP confía en lograr el acuerdo de todos los grupos

La Asociación Galega de Pais e Nais Separados ha recogido casi diez mil firmas para que el Parlamento debata una iniciativa legislativa popular (ILP) para aprobar una ley gallega de custodia compartida. Y el apoyo claro del presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijoo, a este tipo de custodia, da impulso a esta futura norma que se sumaría a las que ya tienen Cataluña, País Vasco, Aragón y Navarra, y que acaba de ser tumbada en Valencia por el Tribunal Constitucional.
Si todos los trámites se van cumpliendo «e hai celeridade e ganas por parte dos deputados», indica el presidente de la asociación, Lois Toirán, la Cámara gallega podría aprobar esta legislación en un año. No obstante, el colectivo que respalda esta ILP confía en un acuerdo mayoritario de todos los grupos y no solo del PP, «porque iso vai a ser sinónimo de que a lei vai funcionar», apunta Toirán.
Ayer, precisamente, la entidad se reunió con el grupo parlamentario de los populares gallegos. Fue un encuentro en el que recibieron un apoyo con el que ya contaban. «A impresión foi moi positiva e están coa intención de sacar adiante a lei, pero sería un erro que fose dun só partido político», señalan desde la asociación. Desde que se anunció la presentación de esta ILP los promotores se reunieron ya con En Marea y el PSdeG además de con el PPdeG, y todos los grupos se mostraron partidarios de debatir y hacer las modificaciones necesarias para que esta legislación salga adelante, y también desde el BNG habían apoyado previamente el debate. «Sabemos que non todo vai ser un camiño doado, e sabemos que hai reticencias desde algúns sectores, pero cando menos contamos con esta axuda». Además de la recogida de firmas -la entidad quiere presentar el mayor número posible, muchas más de las 2.500 necesarias-, y de las reuniones con los partidos, la Asociación Galega de Pais e Nais Separados está promoviendo mociones o recogidas de apoyos de los alcaldes en los concellos gallegos.
Sobre las declaraciones de Feijoo, quien será padre en febrero y aseguró que se enfadaría si no le dejaran ver a su hijo, Toirán relativizó estas palabras, ya que les gustaría que «non todo dependera de experiencias particulares, senón que fora unha resposta a unha necesidade social, e non dos adultos, senón dos fillos e as fillas, porque é un dereito deles, dos nenos».
En Galicia, en el año 2015 el 15,6 % de las rupturas con hijos acabaron en custodia compartida, un porcentaje muy inferior a las comunidades que tienen normas propias autonómicas, como Cataluña, con un 40 %, o Aragón, con un 34 %. Pese a ser partidario de una ley estatal, un tema que de hecho estará presente en el congreso nacional del PP de febrero, la asociación defiende leyes específicas en la comunidad, ya que hay peculiaridades que debe abordar Galicia.
Un debate que todos los partidos quieren abrir, pero sin postura oficial
Otro asunto que Feijoo se mostró partidario e debatir es la maternidad subrogada, que todos los grupos gallegos coinciden en querer abrir, pero sin tener una postura única y oficial. El PPdeG admite que se está estudiando y se respeta el pensamiento de cada persona; el grupo de En Marea sostiene que no se puede tomar a la ligera una decisión, por lo que habría que abrir un análisis en la sociedad; el PSdeG apunta también a este debate abierto; mientras que el BNG insta a estudiar antes todas las posibilidades y lo que significa ética y económicamente esta maternidad

 

miércoles, 18 de enero de 2017

La Voz de Galicia

Retiran a un vigués la patria potestad de su hijo por abusar de la hermanastra del menor

El Supremo corrige a la Audiencia y ve un «grave riesgo» para el niño

 

Un vecino de Vigo condenado por abusar de forma continuada de una niña de once años, hija de su novia, ha perdido la patria potestad de su propio hijo y el derecho a hacerle visitas. La madre de la víctima recurrió al Tribunal Supremo para que retirase la patria potestad del otro niño para evitar que quedase bajo el cuidado del abusador. La demandante alegó que el niño estaba sometido «a un grave riesgo» porque el padre había incumplido sus obligaciones de respeto y cuidado hacia su hijastra.
La pareja convivió en el 2006 y 2007 y el novio aprovechaba la ausencia de su pareja para abusar de la hija de ella, que rechazaba los tocamientos e incluso mordió en un brazo al agresor. Al nacer el hermano pequeño y mientras la madre estaba ingresada en el hospital, el hombre aprovechó para abusar otra vez de la pequeña, la cual sufrió depresión. El hombre fue condenado en el 2013 a cinco años y medio de prisión y alejamiento.
La batalla legal se remonta al 2014, cuando la madre pidió a un juzgado de familia de Vigo que retirase o suspendiese la patria potestad a su expareja. La magistrada le dio la razón a la mujer en el 2015 porque «no es difícil comprender que quien abusa sexualmente de la hermana de su hijo no se encuentra en condiciones de velar por este ni de proporcionarle una formación aceptable desde, prácticamente, ningún punto de vista». Preveía riesgo para el menor y que la relación entre padre e hijo «podría provocar una situación de conflicto de lealtades en el menor de consecuencias imprevisibles».
El condenado recurrió en la sexta sección de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, la cual dictaminó en febrero del 2016 que la privación de la patria potestad sería temporal y que el recluso podría recuperarla cuando cumpliese toda su condena en la cárcel «porque no se trata de actos que hayan afectado al propio hijo». La sala no vio ningún beneficio en privar al hijo de su padre más allá de la condena.
La madre recurrió ante el Tribunal Supremo para que el padre, que estaba ingresado en un centro penitenciario, no pudiese cuidar nunca de su hijo, con el que apenas tuvo relación en los últimos años. Además, consideraba que la Audiencia había hecho prevalecer el interés del progenitor al del hijo.
Ahora, la sala primera de lo Civil del Tribunal Supremo lo priva totalmente de la patria potestad porque el hombre ha incurrido en una grave agresión sexual a la hija de su pareja y pone en «riesgo y peligro cierto» a su propio hijo. Añade que el implicado «no reúne las características propias de un buen padre de familia» y ve «evidente» que el progenitor «no está capacitado para el cumplimiento de las obligaciones de cuidado y respeto de un menor».

domingo, 15 de enero de 2017

Faro de Vigo

La puesta en marcha del tercer juzgado de Familia, para este primer trimestre

Con esta sala sí se cumplirían los módulos de trabajo recomendados por el CGPJ

 Los plazos previstos para la puesta en marcha del que será la tercera sala civil especializada en Familia continúan sin demora. Desde la concesión de este nuevo juzgado definitivo en el mes de noviembre, estaba previsto su inicio a lo largo del primer trismestre de este año, y según se informó desde el TSXG "no hay indicios de que se vaya a retrasar". De este modo, antes del mes de abril, el juzgado de refuerzo sito en la calle Coruña abandonaría sus labores de descongestión de asuntos y pasarían a repartise entre las tres salas fijas.
Todavía se desconoce dónde se ubicará este nuevo juzgado, si su actividad se desarrollará en las propias dependencias judiciales de calle Lalín o si, por la contra, ocuparía el espacio dejado por el refuerzo en el piso de alquiler de la calle Coruña.
Lo que sí queda acreditado es que con esta tercera sala el Juzgado de Familia sí podrá cumplir con las cargas de trabajo recomendadas por el Consejo Gerenal del Poder Judicial (CGPJ). Dado que el módulo máximo de asuntos recomendado para cada tribunal de Familia se mueve en una horquilla de entre 908 y 1.088 causas anuales, la cifra global de las futuras tres salas no debería superar los 3.264 pleitos. En caso de que la litigiosidad se mantenga y no se incremente durante este año, los tribunales de familia sí cumplirían con los módulos de trabajo recomendados, ya que el año pasado registraron 3.219 asuntos.
En datos de 2015, cuando tan solo había dos salas de Familia activas, el ratio máximo que no debían superar ambos tribunales era de 2.176, sin embargo ese año registraron 3.218, casi un millar de asuntos más de los que se deberían encargar los dos tribunales de Primera Instancia especializados en Familia.

Faro de Vigo

Tres matrimonios se rompen al día en la ciudad, la mayoría de ellos de mutuo acuerdo

El número de rupturas descendió un 20% con respecto al año pasado - La reforma legal que permite a los notarios tramitar los divorcios consensuados y una mejora de la situación económica están detrás de esta caída

Menos rupturas y más avenidas. Este frase describe la realidad de las relaciones entre cónyuges de la ciudad y resume el panorama de litigios registrados por los Juzgados de Familia en materia de separaciones y divorcios. La importante litigiosidad que generan las rupturas matrimoniales se tradujo en más de un millar de separaciones tramitadas a lo largo del año pasado por los juzgados de la ciudad. Fueron en total 1.063 los esposos y parejas de hecho que acudieron a los tribunales vigueses a poner fin a su relación, cifra que dista de los más de 1.200 matrimonios disueltos en 2015, lo que supone un descenso del 20% en este tipo de pleitos.
Las estadísticas de las dos salas de Familia más el refuerzo no solo evidencian una caída en el número de rupturas, sino que también dejan buena muestra de que la mayoría de los cónyuges apuestan por dejar a un lado sus desavenencias y abogar por terminar la relación de forma consensuada, concretamente a través del procedimiento del mutuo acuerdo, mucho más rápido y económico- tal y como reconocen los abogados- que los pleitos contenciosos. De estos últimos se registraron un total de 323 divorcios y 157 rupturas de parejas de hecho, frente a las 445 y138 divorcios y rupturas de parejas de hecho de común acuerdo, respectivamente.
Y junto a la bajada de la disolución de las relaciones, estas salas también han visto decrecer las peticiones de modificación de medidas, que pasan de 386 en 2015 a 329 durante el año pasado. En cuanto a la liquidación de sociedades gananciales, 29 se produjeron en el ejercicio anterior frente a las 32 de hace dos años.
La notaría, el nuevo juzgado
Estas estadísticas no revelan solo unos hechos puntuales, sino que vislumbran un horizonte que, a tenor del contexto económico y social actuales y de las reformas legales puestas en marcha, podrían convertirse en una tendencia futura. La entrada en vigor de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria que permite a los notarios tramitar los divorcios consensuados y en los que no existan hijos menores de edad o con alguna discapacidad, trajo consigo importantes cambios en ciertos procedimientos que se tramitaban exclusivamente por la vía judicial. Ahora la persona puede decidir si formalizar su ruptura ante el letrado de la administración de justicia- nueva denominación del secretario judicial- o hacerla en escritura pública ante notario. Esta situación "desjudicializa" muchos procedimientos y los deriva a manos notariales.
El letrado vigués Tomás Santodomingo argumenta esta reforma legal como una de las principales causas del descenso de la litigiosidad en materia de divorcios y separaciones. "En las rupturas consensuadas y en las que no existan hijos menores de por medio, se puede optar por divorciarse ante notario y esto hace que muchos casos no tengan que tramitarse por el juzgado. Es mucho más rápido y también puedes solicitar la liquidación de bienes si quieres", afirma el abogado olívico. Santodomingo señala además que otra posible causa detrás de esta caída de asuntos reside en una mejora del panorama económico. "Los divorcios, al igual que, por ejemplo los despidos, crecen mucho cuando hay crisis. La gente se separa mucho más siempre que hay situaciones económicas complicadas porque las relaciones se vuelven más tensas. Cuando la crisis mengua, los divorcios también".
Ganan los internamientos
Aunque hasta el momento estos asuntos correspondían al grueso por excelencia de los Juzgados de Familia, lo cierto es que este año la tendencia se ha revertido y las salas viguesas de Familia tramitaron más internamientos e incapacidades que rupturas matrimoniales. Precisamente fueron los internamientos en psiquiátricos - con 365 dictámenes- y en residencias- 339- los asuntos más tramitados por este juzgado, sumando un total de 1.237 asuntos frente a los 1.063 de rupturas matrimoniales.
En total durante 2016, los tribunales de Primera Instancia especializados en Familia registraron 3.219 litigios, cifra prácticamente idéntica a la del año pasado. Desde 2013, las cifras de litigiosidad en estos tribunales solo han ido en aumento, argumento la decisición del TSXG de dotar con una tercera sala definitiva a estos juzgados.

martes, 10 de enero de 2017

La Voz deGalicia

El juzgado duplica los días de bodas civiles al aumentar la demanda

El secretario del Registro Civil ya puede ahora oficiar enlaces y se turna con la jueza

Las parejas de Vigo que desean contraer nupcias por lo civil en los juzgados pueden elegir dos días a la semana, una mejoría que se ha consolidado ante el aumento de la demanda. La novedad es que, por ley, ahora también puede oficiar el secretario del Registro Civil y no solo la magistrada como venía siendo habitual. Ambos se turnan para sellar estos enlaces: la titular celebra uniones los viernes y el letrado judicial los martes o, si la sala está ocupada, otro día que quede libre.
El ritmo de ceremonias se ha duplicado respecto a hace un año, cuando la jueza solo atendía los viernes en jornadas maratonianas donde llegaba a celebrar ocho ceremonias matrimoniales en una mañana. Pero la situación cambió cuando una reforma legal autorizó al secretario del juzgado a presidir también estas uniones. El doble turno se ha consolidado el último año ante la demanda de casamientos.
Una fuente judicial explica que la cifra de bodas para los contrayentes del partido judicial de Vigo se mantiene estable, sobre todo ahora que es temporada baja. No cree que el hecho de doblar los turnos haya influido en el incremento pero el nuevo sistema sí permite que las sesiones estén más espaciadas.
La misma fuente niega que haya colas o listas de espera para casarse pero es cierto que muchas parejas reservan con un año de antelación para elegir con holgura la fecha que mejor les conviene, sobre todo en primavera o verano, en temporada alta. Los más tardones deben acomodarse en los huecos libres de la agenda.
En la jornada de ayer se celebraron varias bodas en los juzgados. El lugar de ceremonias es una sala de vistas en la planta baja del edificio de la calle Lalín que es compartida por el juzgado de familia de refuerzo y antes por el especial de preferentes.
Desde hace varios años, rige una norma que impide que los testigos y familiares arrojen arroz a los recién casados en el interior del edificio judicial. Han de hacerlo en el exterior de las dependencias y prueba de ello es que, en pleno martes, la calle Lalín quedó sembrada de pétalos de rosa que lanzaron los invitados al enlace. Cada media hora, se puede ver un coro de felices contrayentes y sus familias salir del juzgado, sorteados por abogados que caminan a toda prisa.

750 nupcias civiles al año
Una de las cosas que ha sorprendido al Registro Civil es que las bodas oficiadas por notarios, autorizados por una reciente reforma legal, son muy escasas.
Fuentes del Registro Civil indican que la cifra de bodas civiles del 2016 en Vigo no superó el millar. En el 2015, fueron contabilizados 750 enlaces en los juzgados y el 2016 registró una tendencia al alza pero no trascendió la cifra oficial. Fuentes próximas señalan que se mantienen en el mismo volumen de enlaces.
La evolución de los matrimonios, tanto religiosos como civiles, en Vigo tiende a decaer cada década. En 1976 se alcanzó el récord de 1.899 enlaces, pero 20 años después, no pasaban de 1.225. Hubo un repunte en 1998, con 1.423 nupcias, pero con la crisis tocó fondo en el 2014 con 930, la peor cifra en 40 años. En el 2015, aumentaron a 968 y en el 2016 subió algo más.
La reforma legal no anima a las parejas a acudir a las notarías a contraer matrimonio

300 nuevas parejas de hecho al año y otras 240 rupturas de cohabitación

Alos casi mil matrimonios civiles que se registran en Vigo cada año (750 en los juzgados y 200 en el Concello) hay que sumar otras 300 uniones extraconyugales o parejas de hecho que registra el Concello cada año.

El peso de las parejas de hecho en Vigo se percibe a la hora de romper la relación con vía judicial, generalmente cuando hay hijos por medio y los padres discuten por la custodia o la pensión alimenticia. En el 2016, los juzgados de familia contabilizaron 138 rupturas de more uxorio (cohabitación) de mutuo acuerdo y otras 102 de forma contenciosa. El número de separaciones puede ser mayor porque las parejas sin hijos se van cada uno por su lado sin pasar por el juez.
También hubo 233 divorcios contenciosos y 445 de mutuo acuerdo. Estas 678 separaciones matrimoniales suponen casi el triple que las rupturas de parejas de hecho y en conjunto casi igualan al número de bodas.

 

lunes, 9 de enero de 2017

El Pais

“La gente te mira raro cuando dices que te casas por la Iglesia”

Las bodas católicas alcanzaron en el primer semestre de 2016 un 22%, su mínimo histórico

Alejandra Corsini se casó por la Iglesia católica, al igual que nueve de sus conocidos que han contraído matrimonio este año. "Con mi marido — Alejandro Muñoz — dábamos por hecho que sería una celebración religiosa, no lo concebíamos de otra manera", relata. A sus 28 años, solo ha participado de un matrimonio civil. Su entorno forma parte del 22% de bodas eclesiásticas celebradas el primer semestre de 2016, de un total de 68.560, según el INE. El mínimo histórico.
Atrás quedaron los años 2000, cuando el 75% de las bodas en España se consumaban en un altar. A Corsini le da pena la última cifra conocida. "A la gente le da miedo el compromiso. Si te casas por la Iglesia y luego te separas, no solo le fallas a tu pareja y a ti, sino que también a Dios", comenta. Agrega que el factor económico también puede influir en la caída. "Una boda es algo muy caro, siempre hablamos con Alejandro de que nos casaríamos cuando los dos tuviésemos un trabajo estable". Corsini es arquitecta y tiene un emprendimiento de decoración llamado b4living. Su esposo, de 28 años, ejerce de abogado.

El sociólogo Alfonso Pérez-Agote, autor del libro Cambio religioso en España: los avatares de la secularización, atribuye la disminución de los matrimonios a dos grandes factores. El primero, la crisis económica. La tasa de paro entre la población joven de menos de 30 años es del 34,4%. "El paso de la juventud a la edad adulta se ha atrasado de los 25 a sobre los 30 años. Ahora cuando tienes novio no tienes trabajo, o vuelves a la casa de tus padres o estudias un máster porque no hay empleo", afirma. Lo segundo, es que ha cambiado la cultura de la familia. "Hay jóvenes que dicen que el sacramento para toda la vida es la hipoteca, no el matrimonio". Pérez-Agote, de acuerdo con sus investigaciones, cree que estamos pasando por una tercera oleada de secularización. "Los jóvenes de hoy, son los hijos de los desinteresados en la religión, cuando piensan en casarse no piensan en la Iglesia, ya es algo muy lejano para ellos", concluye

 

El extremeño Juan Tovar, de 31 años, tiene marcado en su agenda 2017 que el 9 de septiembre se casa. Tanto él como su novia, Ximena Gutiérrez, son católicos no practicantes, pero "daban por hecho" que se casarían por la Iglesia. "No me afecta en lo más mínimo el bajo porcentaje de bodas eclesiásticas", asegura Tovar. "Creo que con toda la información que sale en los medios se está estigmatizando a la Iglesia. Tiene cosas que son muy malas y otras muy buenas, pero la gente se queda con lo malo", afirma. Trabaja como farmacéutico donde le han lanzado más de un "¿La gente todavía se casa?" cuando ha anunciado la noticia. Sin embargo, no ha percibido rechazo cuando dice que es por la Iglesia católica.
Cuando Corsini decía que se casaba por la iglesia tampoco recibió comentarios con los que se sintiera discriminada. "Me miraban raro, como cuando digo que no puedo ir al aperitivo el domingo porque tengo que ir a misa", cuenta. La mayor sorpresa, reconoce, se la llevaba la gente cuando decía que no convivía con su novio. "Se extrañaban muchísimo, me decían 'ya verás que en el matrimonio cambian las personas' y cosas así". Sin embargo, en los cuatro años de noviazgo, habían veraneado muchas veces con las familias de cada uno, así que confiaban en que no habría sorpresas. "Y así ha sido", dice contenta un año y medio después de haber dicho acepto.



 Pérez-Agote cree que la tendencia de los matrimonios civiles puede aumentar en el futuro, a medida que nazcan los hijos y haya personas que quieran regularizar su situación. Narra que al inicio, el matrimonio era la legitimación de las relaciones sexuales: "Después se fue relajando mucho y se podía tener relaciones fuera del matrimonio, entonces la gente se empezaba a casar cuando tenía hijos. Pasó de ser una legitimación social de las relaciones a ser la legitimación de la procreación". Aunque deja abierta la ventana a que puede cambiar la tendencia, en el ámbito religioso lo ve más difícil: "Me da la impresión que la Iglesia católica está perdiendo el rumbo".

lunes, 2 de enero de 2017

La Voz de Galicia

Los abogados recomiendan borrar el Facebook y el WhatsApp a sus clientes

Las redes sociales delatan a divorciados, herederos o accidentados laborales

Los investigadores del asesinato de Ana Enjamio se han dado cuenta de que el único sospechoso no figura en ninguna red social salvo su perfil en una web de contactos. La policía da por hecho que horas después del crimen borró su perfil en todas las redes sociales sin dejar rastro alguno de su vida.
Esfumarse de dichas redes es cada vez más común. Los propios abogados han asumido que los mensajes en Facebook pueden jugar en contra de su cliente. Por eso, muchos les prohíben que escriban nada mientras se dirime el juicio, no vaya a ser que meta la pata y eche a perder su pleito. Otra veces, directamente, el abogado le pide a su patrocinado que borre todos los mensajes porque la otra parte podría aprovecharse y sacar a relucir una selección de frases desafortunadas que serán determinantes en el juicio.
«Un mensaje de WhatsApp puede ser oro en manos de un abogado», dice una letrada especializada en divorcios. Admite que lo primero que hace cuando defiende a un cónyuge en un proceso de separación, es consultar el Facebook del otro litigante. Y es que un mensaje desafortunado, un patinazo en un comentario o una imagen comprometida en puede inclinar la balanza de la justicia, sobre todo, en procesos donde se juegan la pensión de alimentos en un divorcio, el derecho a una herencia o el cobro de una indemnización.
Muchos abogados han aprendido la lección y husmean en las redes sociales en busca de patinazos del contrincante. Por ejemplo, un vigués que desheredó a su hija tras descubrir que esta lo ponía verde en su muro de Facebook. La abogada encontró una mina en estos comentarios difamantes hasta que reunió los suficientes como para probar un maltrato de obra. Fue excusa suficiente para que el padre alegara ente notario que su hija era una desagradecida y que le estaba injuriando. Con las copias impresas de los maltratos, el progenitor reformó su testamento ante notario y desheredó a la hija.
Hay más casos. En las demandas de indemnización, las aseguradoras revisan el Facebook del demandante. En un juicio en la Audiencia, una compañía alegó que el accidente entre dos vehículos era un fraude porque varios de los nueve ocupantes lesionados, que decían que no se conocían de nada o solo de verse por el barrio, tenían entre sí más de 20 amigos en común. Sin embargo, la Audiencia replicó que agregar a amigos en Facebook no era prueba de amistad y fueron absueltos.
Las compañías también siguen de cerca a los accidentados laborales. A veces descubren que el lesionado exhibe fotos haciendo deporte que exige gran esfuerzo y donde muestra una salud de hierro recuperada milagrosamente. Otras veces descubren que el empleado dado de baja mantiene actividades lucrativas.
Pero quizás, los abogados de divorcios son los que mejor han sabido explotar la mina del WhatsApp y el Facebook. Sobre todo, cuando las mujeres tienen que abonar la pensión a su excónyuge porque dice que está en paro y carece de recursos económicos. Si su letrada descubre que el hombre tiene una nueva pareja, y que incluso van a tener familia, la exmujer podría presentar pruebas al juez para que la exima de continuar con la manutención.
Más típico es la del exmarido que dice no tiener dinero para pagar la pensión pero luego se exhibe en Facebook en fiestas, cenas en restaurantes caros o en lugares paradisíacos de vacaciones.